Se acelera el deterioro de las agrupaciones de lengua y cultura españolas

La Plataforma REALCE ha publicado un comunicado en el que se declaran «atónitos e indignados» por la publicación por la Secretaría de Estado de Educación, FP y Universidades de España de una nueva resolución para la organización de las Agrupaciones de Lengua y Cultura Españolas (ALCE) que «ignora por completo a la comunidad educativa en su conjunto» con la «cínica justificación» de tener en cuenta “la experiencia acumulada en los últimos cursos”, que supone en la realidad acelerar el deterioro de estas agrupaciones.

Alces-Zurich Se acelera el deterioro de las agrupaciones de lengua y cultura españolasSostiene Realce que, desde que en 2013 María Ángeles Muñoz Fernández de Bastida publicó, «ocultándolas deliberadamente a las familias y profesorado», las instrucciones en las que se ponía en marcha «de manera maximalista e irreflexiva» la Orden EDU/3122/2010, se han acumulado incesantemente las críticas a la imposición del modelo semipresencial.

Han emitido sólidos argumentos en contra de ese modelo las juntas de profesores, los sindicatos de enseñanza, las asociaciones y plataformas de padres, los CREs, el CGCEE, el tejido asociativo de la emigración y algunos partidos políticos por la vía de la interpelación parlamentaria.

Gran parte de este movimiento se ha canalizado a través de REALCE, nacida en octubre de 2013 como una plataforma para «facilitar la comunicación, coordinar las acciones y empoderar a los emigrantes españoles que asisten impotentes a la degradación cualitativa y cuantitativa de un programa de transmisión de la lengua y cultura emblemático, muy importante y excepcionalmente bien valorado».

REALCE puso en marcha, pese a la campaña en contra orquestada desde el ministerio, una encuesta que confirmó lo que la experiencia en las aulas había demostrado: rechazo al recorte en las horas lectivas, percepción de disminución en la calidad de las enseñanzas y frustración, desmotivación y enfado por parte de docentes, familias y, lo peor, los alumnos y alumnas.

Agrega que la ampliación obligatoria este curso 2014/15 de los niveles iniciales (donde tan importante es la inmersión y el contacto humano a través de la clase presencial) hasta el B1.1 no ha hecho sino empeorar la situación. Los materiales han llegado tarde, a plazos y son inadecuados al nivel.

Estos materiales, impuestos al profesorado presencial por el MECD, son además de una estética y metodología anticuada, inconexos, poco atractivos visualmente y de una calidad pedagógica ínfima. Los profesores se quejan de que trabajar con estos materiales es una labor no heroica, sino sencillamente imposible.

Se empiezan a producir bajas de alumnos que antes asistían encantados a clases y para los que ahora ésta pierde motivación. Los profesores ya no pueden elegir sus materiales y actividades en clase en función de las necesidades del alumnado, y carecen de la menor autonomía al respecto.

Los tutores online, especialmente para el B1.1., están desbordados y los profesores presenciales se enfrentan a la tarea casi imposible de mantener el ritmo que marcan las actividades en línea. En la escasísima hora y media de la que disponen, a veces en aulas unitarias, se ven abocados a elegir entre la coordinación que exigen las disposiciones y las necesidades reales de aprendizaje que muestran sus alumnos y alumnas.

Señala Realce que «cuando las reclamaciones de los afectados y el más elemental sentido común parecerían aconsejar que hay que pararse a reflexionar sobre un modelo que está siendo un clamoroso fracaso, detener su implantación, reunirse con todas las partes y replantearse la vuelta a la plena presencialidad, nos encontramos con la publicación de una resolución que lo que hace es acelerar frenéticamente el ritmo de implementación de la semipresencialidad e insistir, incluso ahondándolos, en los errores».

La prioridad ahora para Realce es intentar recuperar la calidad y la dignidad de las enseñanzas que el MECD debería garantizar a los hijos y nietos de los ciudadanos españoles fuera de España, y para ello denuncian públicamente la «barbaridad que se quiere perpetrar contra estas enseñanzas».

REALCE destacar en el comunicado algunos de los puntos de esta resolución ministerial que consideramos inaceptables, confusos o ajenos a la realidad de las aulas:

Pese al repetido compromiso público, reiterado en esta resolución, de publicitar las clases por parte de las consejerías de educación y de otros organismos (consulados, embajadas) pagados con dinero público, la realidad es otra. Desde REALCE solicitamos un compromiso real de los organismos públicos a la hora de promocionar y poner en valor estas enseñanzas, ya que consideramos que esto sí es “marca España”.

Entre los requisitos exigidos a los alumnos para su inscripción o permanencia en las enseñanzas, destacamos tres aspectos:

  • Sigue sin ser un requisito explícito el disponer de ordenador y conexión a Internet porque sin duda el MECD es consciente de que sería hasta legalmente inaceptable introducir un elemento discriminante de cariz económico en una enseñanza de carácter público. Sin embargo, el conjunto de la resolución lo convierte de facto en un requisito ineludible para la permanencia en las ALCEs, lo que lo hace igualmente inaceptable
  • Un cambio aparentemente mínimo puede tener consecuencias dramáticas en algunos países donde están implantadas las ALCEs, como Francia o Australia: el hecho de que sea ahora requisito que uno de los padres tenga en vigor el pasaporte español deja fuera de las ALCEs a muchos hijos de españoles y españolas que al contraer un matrimonio binacional perdieron su nacionalidad en función de la legislación del país. Además, se vuelve a incumplir el compromiso de que se permita el acceso a estas enseñanzas a los nietos y nietas de españoles. Consideramos inaceptable un requisito que reduce drásticamente el censo de potenciales alumnos de las ALCEs.
  • Esta resolución confirma algo gravísimo y que nos vemos obligados a denunciar: la negación irreversible a un menor español a acceder a su derecho a conocer su lengua y su cultura. Por faltas injustificadas durante un curso (y esto incluye no haber realizado las tareas en línea en la plataforma Aula Internacional, sea cual sea la razón) no se le impone al alumno una sanción que podría ser proporcionada como su expulsión durante ese año escolar o la obligación de repetir el curso, sino que se le expulsa definitivamente del sistema de enseñanza. Otro requisito inaceptable para REALCE.

La resolución refleja su alejamiento de la realidad de las agrupaciones, a pesar de que esta es conocida por el MECD a través de las inspecciones periódicas que realiza: ni la gran mayoría de las aulas disponen de conexión a Internet ni, tal y como se está planteando la semipresencialidad y con los recursos humanos disponibles, es posible evitar grupos unitarios con distintos niveles y horarios y que se enfrentan a dificultades enormes.

La extensión de la ENSEÑANZA SEMIPRESENCIAL obligatoria hasta el B2.1 tras la experiencia de estos dos cursos es difícilmente justificable. Si ya de por sí se ha demostrado que es imposible seguir en la clase presencial el ritmo marcado por la secuenciación en línea de las unidades didácticas, es impensable que dé tiempo además a preparar convenientemente a los alumnos para la prueba de nivel disponiendo solo de 90 minutos semanales de clase. Esto el curso que viene, ateniéndonos a la resolución ministerial, afectaría ya con toda seguridad a quienes se examinen del nivel B1. Pero es que además se deja abierta la posibilidad a que esta medida se aplique a cursos superiores, ya que la resolución permite que las consejerías puedan extender el curso que viene la semipresencialidad a todos los niveles si “lo consideran oportuno”. La arbitrariedad es absoluta ya que no se requiere consultarlo con los padres (a través de representantes y APAS), ni con los CRES ni con los docentes. Las familias de B1.2 y B2.1 empezaron a inscribir a sus hijos a mediados de febrero de este año sin saber aún que estaban predestinados a un recorte de horas lectivas. Y el resto de alumnos a partir de B2.2 no saben todavía a qué atenerse.

La experiencia de estos dos cursos y las constantes quejas de familias y docentes nos han demostrado que nunca han estado disponible los materiales a tiempo, tanto en la plataforma online Aula Internacional como los “cuadernillos” de unidades didácticas impresas para utilizar en clase. La resolución no establece mecanismos para resolver los problemas relacionados con la falta o retraso de materiales: es más, nos deja con la incertidumbre de que se esté ofreciendo la ampliación arbitraria de la semipresencialidad a niveles para los que el MECD no esté aún convenientemente preparado.

El apartado de la resolución ministerial referido a los profesores (ahora tutores) online presenta a juicio de REALCE multitud de carencias y contradicciones, entre otras:

  • Es inexplicable que se señale como criterio de selección de los tutores online su actitud ¿Cómo se define y evalúa la actitud de un profesional?
  • Se incurre en contradicciones injustificables al establecer cuál es la adecuada formación de los aspirantes a tutores online: en un epígrafe de la resolución es un requisito previo y en el siguiente se mantiene que la formación se podrá adquirir posteriormente.
  • El apartado acerca de la dedicación horaria de los tutores online vuelve a ser un ejercicio teórico desquiciado dictado desde un despacho ministerial ajeno a la realidad. Establecer un tutor por nivel para hasta un máximo de 160 alumnos (ampliable) ya se ha demostrado, al menos para B1.1, inviable. Los tiempos de dedicación estipulada son igualmente ilusorios: en A, el tutor dedicaría semanalmente a cada alumno entre 2,2 y 3,6 minutos y en B entre 2,6 y 4,8. En ese tiempo (según las funciones definidas por la propia resolución ministerial) se supone que el tutor tendría que mandar tareas, corregir, comentar, contestar emails, tratar con los padres, informar y coordinarse con los distintos maestros presenciales, elaborar informes del alumno, etc. – y todo ello con un plazo máximo de respuesta de 48 horas. La experiencia y la lógica demuestran que estos parámetros conducen inequívocamente al fracaso del sistema, aun cuando los docentes tengan una dedicación mucho mayor de las que les obligaría su contrato.
  • En cuanto a la posibilidad de que los tutores online no sean de la agrupación se ha demostrado inviable, sobre todo en países descentralizados, con distintos horarios, fechas de vacaciones, etc. Ni que decir tiene que sería totalmente inadmisible dejar la puerta abierta incluso a que estos tutores estén fuera del país de residencia de los alumnos.

Esta resolución entierra de manera definitiva la autonomía de los maestros. Establece que sean las agrupaciones y no los profesores quienes temporalicen la programación del curso. Y esta a su vez depende totalmente de las tareas online y de las unidades didácticas impuestas. Algo que ataca uno de los principios fundamentales de la educación pública y se contradice con la declarada necesidad de adaptar los materiales y los métodos a las peculiaridades de cada país.

A lo largo de toda la resolución ministerial no se deja de hacer referencia a la necesaria coordinación entre las actividades en línea a través de Aula Internacional y las clases presenciales. En REALCE somos conscientes (y lo debería ser el ministerio, pues los profesores han advertido de ello en innumerables ocasiones) que esta coordinación es inalcanzable. Y que la situación real, que es de falta de coordinación pese a los esfuerzos de los profesores y la colaboración de las familias, está teniendo efectos terribles en el aprendizaje de los alumnos. Los profesores de aula han de elegir entre enseñar con calidad, en profundidad y preocupándose del aprendizaje real de sus alumnos o, por el contrario, ignorar las necesidades reales de la clase e “ir rellenando cuadernillos” a un ritmo inhumano para no perder el hilo marcado por las actividades online. El ataque a la calidad y la dignidad de estas enseñanzas es implacable.

Sigue siendo una incógnita cómo se van a calificar las actividades en línea de carácter obligatorio y su ponderación real y efectiva dentro de la evaluación total conjunta con la presencial ¿De verdad que a estas alturas el MECD sigue pretendiendo ignorar que en las actividades online se está evaluando muy a menudo a los padres y no a los hijos?

La resolución hace referencia a los alumnos de educación especial, pero sin aclarar en qué situación quedan tras la implantación de la semipresencialidad. Además, ni siquiera hay una mención a alumnos que, sin enmarcarse en la educación especial, padecen circunstancias que dificultan su derecho a la educación en régimen semipresencial: niños con dislexia, familias monoparentales sin adultos hispanohablantes, familias cuya situación económica les impida el acceso a los medios técnicos requeridos, etc.

José Antonio Sierra Lumbreras
Licenciado en Filosofía y Letras, Magisterio y Estudios en la Escuela Oficial de Periodismo de Madrid. Residente 40 años en Francia, Reino Unido e Irlanda como profesor de español. En Irlanda fundó el Centró Español de Documentación y el Instituto Cultural Español, actual Instituto Cervantes de Dublín. Asímismo, fue corresponsal de: Agencia EFE, Diario Informaciones, Carta de España, Crónicas de la Emigración, España Exterior, La Región Internacional y Escuela Española. Jubilado.

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