XIV Premio de Poesía Vicente Núñez

Podrán presentarse al XIV Premio de Poesía Vicente Núñez poetas de cualquier nacionalidad, siempre que los trabajos presentados estén escritos en castellano.

Segunda. Se establece un premio de seis mil euros (6.000,00 €), cantidad que se imputará a la aplicación 550.3341.48101 del presupuesto para el ejercicio 2014. Dicha dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle. El premio cubre los derechos de autor de la primera edición, que será de 600 ejemplares, de acuerdo con el artículo 46.1 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el RD Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que la Diputación de Córdoba adquiere los derechos de explotación a los que se refiere la Base Undécima.

Tercera. El premio se otorgará a un poemario inédito de tema libre con una extensión mínima de cuatrocientos versos.

Cuarta. Los originales se presentarán, inexcusablemente, por quintuplicado, mecanografiados, escritos a doble espacio, por una sola cara, con letra Times New Roman, cuerpo 12 y debidamente encuadernados.

Quinta. Los trabajos se entregarán sin firmar y sin identificación alguna. En sobre cerrado se detallará el nombre, apellidos, dirección, correo electrónico, teléfono y una breve reseña biográfica; y en el exterior del sobre se indicará título del trabajo y lema, incluyéndose una declaración jurada de no tener comprometidos los derechos de la obra y de no estar pendiente de resolución en otro concurso.

Sexta. El lugar de presentación será el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón, 15), de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 13.30 horas y los sábados de 10.00 a 13.00 horas.

Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, y concluirá el día 15 de julio de 2014.

Quienes incumplan con lo dispuesto en los ordinales anteriores serán excluidos definitivamente de la Convocatoria.

Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará durante el plazo de 10 días, en el Tablón de Edictos de la Diputación, relación de trabajos presentados por título y lema.

Séptima. El Jurado será presidido por el Sr. Diputado-Delegado de Cultura de la Diputación de Córdoba, y su composición no se hará pública hasta después de emitido el fallo, que tendrá carácter irrevocable. Del mismo formará parte, con carácter honorífico, el/la Alcalde/Alcaldesa del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, localidad natal de Vicente Núñez. Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Jefe de Departamento de la Delegación de Cultura.

Con carácter previo a la reunión del Jurado, y en función del número de trabajos presentados, se podrá constituir una Comisión integrada por personas especializadas con el objeto de llevar a cabo una preselección de los mismos. Esta Comisión será designada por el Sr. Diputado Delegado de Cultura.

Octava. Se leerán los trabajos presentados que reúnan los requisitos formales establecidos en esta convocatoria, produciéndose el fallo en consideración del mérito absoluto de los mismos, por lo que podrá declararse desierto el premio.

Novena. A la vista del fallo del Jurado, el órgano instructor formulará propuesta, indicando expresamente todas las obras presentadas a concurso y, en su caso, las que no se hayan admitido por no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, y expresará el autor para el que se propone la concesión del Premio. Dicha propuesta se elevará al órgano competente para que dicte resolución, que se notificará al ganador para que en un plazo de diez días comunique su aceptación y acredite que reúne los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.

Décima. La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo que dictamine el Jurado.

Undécima. Los derechos de la obra ganadora quedarán en propiedad de la Diputación de Córdoba, durante el periodo máximo permitido por el vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y así se hará constar en el preceptivo contrato de edición, procediéndose a su publicación durante el ejercicio de 2015, haciéndose constar en la publicación que se trata del XIV Premio de Poesía Vicente Núñez correspondiente al año 2014. Dicha publicación podrá ser realizada en coedición con una Editorial especializada.

Duodécima. Los trabajos no premiados se podrán retirar de la Diputación de Córdoba en el plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de la resolución, y previa presentación del recibo extendido por el Registro General o del justificante del certificado de Correos. Pasado este plazo serán destruidos sin posibilidad de reclamación.

Decimotercera. Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de Cultura. La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará mediante Decreto del Diputado Delegado de Cultura, por delegación de la Presidencia de la Corporación.

Decimocuarta. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento es de seis meses, computados a partir de la finalización del plazo de presentación de trabajos.

Decimoquinta. El hecho de presentarse a la convocatoria supone la aceptación de las bases por los solicitantes. En lo no regulado por las mismas se estará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás disposiciones administrativas que resulten de aplicación.

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