Facua denuncia a Cabify por vulnerar derechos de los consumidores

Facua, Consumidores en Acción ha presentado una batería de denuncias contra Cabify ante las cinco comunidades autónomas en las que opera en España al entender que la empresa vulnera tanto la legislación de defensa de los consumidores como la que regula a las agencias de viajes.

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En los últimos meses, la asociación ha planteado a Cabify la existencia de una serie de irregularidades en sus condiciones contractuales para que procediera a corregirlas. La empresa ha rectificado algunas de ellas esta semana, pero ha mantenido las que Facua entiende de mayor envergadura, por lo que ha procedido a interponer denuncias ante los organismos competentes en el control del cumplimiento de la legislación a la que está sometida.

Facua considera que las condiciones contractuales de la filial española de Cabify (Maxi Mobility Spain SL) sitúan a los usuarios en una situación absoluta indefensión en caso de que se produzcan irregularidades en los servicios contratados, como que los transportistas se retrasen o no lleguen, cargos superiores a los ofertados, deficiencias en la calidad y prestaciones de los vehículos o daños por accidentes.

Las denuncias por el posible incumplimiento de la normativa de protección al consumidor han sido remitidas este viernes a las autoridades de consumo de Andalucía, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana y Galicia. Asimismo, Facua ha interpuesto otra denuncia ante la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid, donde Maxi Mobility Spain SL tiene su sede social. En la actualidad, Cabify opera en España en A Coruña, Alicante, Barcelona, Madrid, Málaga, Sevilla y Valencia.

Una «agencia de viajes» que se desestiende de sus responsabilidades

En sus «condiciones generales de uso», la empresa advierte de que opera en España como «agencia de viajes» al estar registrada como tal. Sin embargo, Facua denuncia que en esas mismas condiciones la compañía afirma que sólo «actúa en calidad de intermediario» y que su actividad está sometida, entre otras normas, a la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (Lssice).

Facua señala en sus denuncias que si estuviera regida por la Lssice, Cabify podría intentar acogerse al régimen de reponsablidad específico que recoge esta normativa para no tener que responder ante los usuarios por cualquier clase de daño o perjuicio sufrido en la prestación de los servicios que oferta. Pero lo cierto es que las características de los servicios de este tipo de plataformas impiden que puedan considerarse prestadores de servicios de la sociedad de la información, como puso de manifiesto la sentencia contra Uber dictada en 2017 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Aparenta que es un mero intermediario

Cabify pretende aparentar que es un mero intermediario, obviando sus obligaciones como agencia de viajes y como si no hiciese otra cosa que poner en contacto a un usuario con una empresa para que contrate sus servicios.

Pero lo cierto es que cuando se solicita un transporte a través de la app de Cabify, toda la contratación y pago se lleva a cabo de forma directa con esta empresa, sin que ni siquiera se informe de cuál es la titular de la licencia de Vehículos de Turismo con Conductor (VTC) para la que trabaja el profesional que llevará a cabo el servicio.

Resulta obvio, advierte la asociación, que sin la plataforma de contratación de Cabify, los consumidores no podrían o tendrían muchas dificultades para contratar de forma directa con las licenciatarias de VTC que prestan sus servicios a través de Maxi Mobility Spain SL.

En el apartado ocho de sus condiciones contractuales, dedicado al «régimen de garantías y de responsabilidad», la empresa afirma que «la prestación final del servicio de transporte quedará a discreción del tercero transportista» y que «el usuario renuncia y exonera a Cabify de cualesquiera obligaciones, reclamaciones o daños surgidos como consecuencia de la relación con el tercero transportista».

Legislación de consumo y agencias de viajes

Facua considera que con estas prácticas, la multinacional vulnera en España tanto la normativa de consumo como la que regula las obligaciones de las agencias de viajes. Así, el Decreto 99/1996, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de las actividades propias de las Agencias de Viajes de la Comunidad de Madrid establece en su artículo 22 que éstas «vienen obligadas a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados con las condiciones y características estipuladas».

La asociación argumenta en su denuncia que Cabify no puede por tanto desentenderse de sus responsabilidades con los usuarios si se produce cualquier irregularidad en la prestación de los servicios.

En lo que se refiere a la legislación de defensa de los consumidores, tanto la ley estatal como las autonómicas plantean como infracciones la aplicacíon de cláusulas abusivas en los contratos.

Además, el intento de Cabify de exonerarse de cualquier responsabilidad ante incumplimientos de las condiciones de los servicios contratados a través de ella podría constituir una cláusula abusiva por causar «un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes», argumenta Facua en sus denuncias.

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