Homofobia en España: 3 años de cárcel por una agresión

El Observatorio Español contra la LGBTfobia (STOPLGBTFOBIA) ha valorado la sentencia ejemplarizante del juez titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón (Asturias, España) que ha condenado a tres años de prisión a los dos acusados de una grave agresión homófoba en un bar de copas de la ciudad.

basta-homofobia Homofobia en España: 3 años de cárcel por una agresión

La agresión se produjo en mayo 2015 en un bar de copas de Gijón, donde los dos acusados le propinaron varios fuertes puñetazos que le produjeron rotura de la mandíbula, de la que aún tiene secuelas físicas y psicológicas, y que tardó 100 días en curar, ocho ingresado en el Hospital.

Gracias a la grabación de las cámaras del local se probó la versión del agredido y se rechazó la de los acusados, a quienes el juez considera responsables de un delito de lesiones con el agravante de haberlo hecho «por razón de la orientación sexual del agredido», que ya recogía el propio parte de denuncia de la policía. Además los acusados ya tenían antecedentes penales y habían tenido otras trifulcas en establecimientos de hostelería. El juez ha impuesto además a los procesados el pago de una indemnización de 18.565,48 euros.

«Consideramos esta sentencia ejemplar, ya que se trata de una de las pocas ocasiones en las que los jueces aplican los agravantes de odio por orientación sexual o identidad de género que figuran en la legislación. Se trata además de la primera sentencia donde se ha aplicado el nuevo Código Penal, a pesar de que los hechos se produjeron con antelación a su entrada en vigor. El nuevo Código Penal facilita y simplifica la aplicación de los agravantes de odio”, explica Paco Ramírez, director del Observatorio.

“Las sentencias dictadas en los últimos años que contemplan el agravante por homofobia y que además son contundentes son escasas, por lo que sale muy barato y a veces gratis agredir e insultar a una persona LGBT en España. Un caso anterior ejemplarizante ocurrió en julio del año pasado cuando el Tribunal Supremo confirmó una sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, que condenaba a una pena total de 13 años y 6 meses de prisión a tres hermanos por dar una paliza a una pareja homosexual en la localidad malagueña de Estepona”, continúa Ramírez.

“Nos gustaría creer que con el nuevo Código Penal aumentarán el reconocimiento por parte de los jueces de los agravantes de odio por orientación sexual e identidad de género. Hasta el momento se han aplicado en contadas ocasiones. En este caso, la existencia de imágenes de la agresión junto a los antecedentes de los agresores seguramente han tenido mucho que ver en que la sentencia sea ejemplarizante”, explica Paco Ramírez.

“Son unos pasos muy importantes tanto la aprobación en diciembre pasado del Protocolo de Actuación Policial en incidentes de delitos de odio como la red de Fiscalías especializadas en los delitos de odio en las provincias españolas, pero aún es necesario implicar a la judicatoría. Es necesario la aprobación de un Protocolo específico de Actuación judicial en casos que afecten a personas LGBT y otras minorías objeto de odio”, concluye el director de STOPLGBTfobia.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.