Iglesias y Rivera, víctimas de la Ley Electoral en España

Domingo Sanz[1]

Por su propia voluntad o falta de voluntad, pero, como no somos equidistantes, lo primero es felicitarnos porque en la batalla por la supervivencia política de los dos líderes ayer emergentes haya resistido quien venía del 15M, la gran movilización social de 2011 contra las consecuencias de una crisis económica que empobreció a casi todos para enriquecer aún más a unos cuantos millonarios.

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Albert Rivera y Pablo Iglesias en un programa de Jordi Évole

Y que quien haya tenido que retirarse sea el que decidió buscar votos cultivando la crispación en Catalunya y la división entre los catalanes, alimentando con esa estrategia unos odios que, en el resto de España, promovieron irresponsablemente los dirigentes del PP desde que perdieron las elecciones generales de 2004.

Pero hoy, lo que nos interesa es el historial electoral de Pablo Iglesias y Albert Rivera, para lo que debemos abandonar simpatías o antipatías y trabajar con números. Si dibujamos los cuatro años de éxitos y fracasos, más de estos que de aquellos, podremos imaginar las oportunidades que la aversión que ambos se han profesado les hizo perder.

Según la información electoral que aportan el Ministerio del Interior y El País, para los datos relativos a 2019 10N, los votos totales conseguidos por ambas candidaturas fueron los siguientes:

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*Los porcentajes se refieren a los acumulados de ambas candidaturas sobre el total de votos de todas las candidaturas que han servido en cada caso para atribuir los 350 escaños del Congreso.

Analizaremos ahora los destructivos efectos que la Ley Electoral vigente, la LOREG, ha provocado en las candidaturas de ambos líderes.

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*Los porcentajes son los acumulados de ambas candidaturas sobre el total de votos que han servido en cada caso para atribuir los 350 escaños del Congreso.

Por tanto, en las cuatro elecciones generales celebradas desde 2015 las candidaturas dirigidas por Rivera e Iglesias han sufrido la tergiversación de un total de 6 270 678 votos. Se trata de votos recibidos que, por efectos de la LOREG, no se han convertido en escaños, y suponen el 20,06 % de los 31 252 552 votos totales obtenidos por ambas candidaturas.

En el lado de los beneficiados por la LOREG, el bloque PP + PSOE ha conseguido que se tergiversaran, pero a su favor, 7.513.511 votos, lo que significa que, además de “robar” a Iglesias y Rivera los 93 escaños que correspondían a los 6 270 678 votos citados, también “robaran” a otras candidaturas, igualmente perjudicadas, los escaños equivalentes a 1 242 833 votos (la diferencia entre 7 513 511 y 6 270 678).

Traducidos los votos a poder parlamentario, LOREG mediante, se desglosan a continuación los escaños de ambos partidos:

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*Los porcentajes son los de la suma de escaños de ambas candidaturas sobre los 350 escaños del Congreso.

Por último, en el siguiente cuadro y su gráfico se incluyen los escaños que las candidaturas dirigidas por ambos políticos habrían conseguido si la LOREG respetara el artículo 14 de la Constitución o, lo que es lo mismo, si todos los votos tuvieran el mismo valor a la hora de convertirse en escaños:

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*Los porcentajes son los de la suma de escaños de ambas candidaturas en relación a los 350 escaños del Congreso.

Las diferencias sucesivas entre fuerza electoral, o votos en las urnas, y poder parlamentario, o escaños en el Congreso, en ambos casos de los acumulados por las dos candidaturas y que han sido del 8,17 % (2015), del 5,92 % (2016), del 3,59 % (2019-28A) y del 9,71 % (2019-10N), certifican la desigualdad, en tanto que violación de la proporcionalidad electoral, que, por bloques, implica la LOREG.

Si hay un caso que recuerda al partido de Rivera es el del CDS, el partido político que Adolfo Suárez organizó tras su salida de UCD antes del golpe de Tejero. Concurrió a las elecciones generales de 1982, 1986 y 1989, consiguiendo 2 + 19 + 14 = 35 diputados en total, pero que deberían haber sido 10 + 34 + 30 = 74 si la ley electoral, en este caso la que el propio Suárez aprobó en 1977, hubiera respetado la igualdad y la Constitución y, por tanto, no hubiera sufrido la tergiversación de 2 178 360 votos en total.

En el caso de Ciudadanos, tras cuatro elecciones generales los votos tergiversados en su contra han sido de 2 778 732 y los escaños que le habrían correspondido 180, y no los 139 atribuidos por la LOREG.

Sin duda, el fracaso de Ciudadanos el 10N y la dimisión de Rivera han supuesto tal alegría íntima para Iglesias que, es probable que más que cualquier otro factor, sea lo que le ha impulsado a unir el futuro de Podemos al del PSOE, sin otras condiciones que una vicepresidencia y algunos ministerios. El coste eventual de esta satisfacción, que en cualquier caso implica un riesgo político nada despreciable dado que lo de Cataluña está más lejos cada día de una solución que le sirva a Sánchez, es que Iglesias haya perdido al único aliado objetivo que podía tener para exigir una reforma de la LOREG que deje de “robarle” escaños y subvenciones ganadas en buena lid. Y no consta que tal reforma esté entre los detalles del acuerdo entre Iglesias y Sánchez.

El fiasco del 10N ha sido tal que hasta los de Abascal han tenido la suerte de que la LOREG solo les haya “robado” un escaño. La misma ley y el mismo día que a UP… le “robaba” 18 escaños y 14 a Ciudadanos.

Como no cabe ninguna duda que para lo único que votamos es para poner nombres de partidos políticos y candidatos a los escaños, tergiversar votos significa que, con la ley en la mano, los votos entregados a unas candidaturas terminen sirviendo para sumar escaños de otras.

Las consecuencias políticas de la tergiversación legal de los votos son incalculables, pero, en cambio, se pueden contabilizar las económicas, en términos de subvenciones no recibidas. Pero esta perspectiva se abordará en una nueva entrega de esta serie de trabajos sobre la LOREG.

  1. Domingo Sanz es licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense

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