La FAPE y la autorregulación del periodismo

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo creada por la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) ha presentado la memoria anual sobre las actuaciones llevadas a cabo en 2015, de la que Rafael de Mendizábal, su presidente, ha destacado que “más de cien resoluciones consolidan el papel de la Comisión como autorreguladora del Periodismo”, y destacó entre ellas una por posible plagio en internet a nuestro colaborador Jesús Cabaleiro Larrán.

En 2015 se dictaminaron un total de 17 resoluciones. Destacan las referidas a: derecho al olvido, protección de datos, información veraz y opinión libre, plagio en internet, derecho a la cláusula de conciencia, respeto a la propia imagen o la intimidad en un espacio público, informa la Asociación de la Prensa de Almería.

Rafael de Mendizábal Allende, señaló la presentar la Memoria que “el sistema democrático se sostiene gracias a dos columnas, la libertad de expresión y la independencia judicial”. A su juicio, “la Comisión se mueve entre el ejercicio del derecho a suministrar información veraz y los que la difunden, ponderando éticamente la práctica profesional del periodismo. Para ello dispone del Código Deontológico, elaborado y aprobado por la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), no impuesto desde fuera”. Considera también que esta Comisión “es un potente filtro para evitar demandas, asequible con facilidad, sin formalismos, gratuito y rápido,con beneficio indirecto para nuestros sobrecargados Jueces y Tribunales”.

En cuanto a las resoluciones emitidas en 2015 destacó las siguientes:

Derecho al olvido

La queja presentada contra el diario El País sobre el llamado derecho al olvido que tienen los ciudadanos para que se retiren de Internet enlaces lesivos a sus intereses. Derecho al olvido sobre el que no hay todavía referencia alguna en nuestro Código Deontológico pero que si recoge el nuevo Libro de Estilo de El País. En él se mantiene que nunca se producirá el borrado de los archivos digitales, pero se puede considerar la posibilidad de ocultar esa información a los buscadores de Internet (El Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó que los usuarios deben dirigir sus solicitudes de cancelación contra los buscadores de Internet en lugar de contra los medios de comunicación).

En la última Asamblea de FAPE, celebrada el pasado mes de abril en Cartagena, hubo un compromiso de renovar su Código Deontológico para afrontar los retos de Internet. Frente al derecho al olvido hubo quien planteó el derecho a la memoria y dónde estaban los límites. Para los periodistas, sin duda, está en la veracidad de la información. Si la información no es veraz la cláusula de El País debiera ser obligada: si no se produce el borrado de los archivos digitales al menos habría que ocultar esa información a los buscadores de Internet.

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Plagio en internet

Otra interesante resolución fue la que abordaba un posible plagio entre periodistas en un diario digital (periodistas-es.com) que atañe al derecho de autor del trabajo informativo. El modo de solucionar esta controversia entre el trabajo intelectual inherente a cualquier actividad informativa y su finalidad de ser difundida por otras personas es a través del derecho de cita, tanto para reconocer la labor de su autor como por honestidad profesional del periodista.

A este respecto se instaba a los profesionales a extremar la buena praxis de citar las fuentes de las que toman los datos, pues así se garantiza el derecho de autor de los periodistas, máxime en la era digital en la que el trabajo de los profesionales se puede ver vapuleado por la facilidad con la que se dispone de la información, como si el autor fuese invisible o secundario en relación a su trabajo.

El derecho a la clausula de conciencia

Particularmente excepcional fue la queja presentada por la junta directiva de la Asociación de la Prensa de Segovia en defensa de un grupo de redactores, fotógrafos y técnicos del diario El Adelantado de Segovia, cuyo trabajo informativo no estaba siendo respetado por la empresa durante una campaña electoral. En este caso se recordó el derecho del periodista a invocar la cláusula de conciencia y a no firmar las informaciones siempre que hayan sido sustancialmente modificadas y el derecho a ser amparado por las organizaciones profesionales.

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