Ley Audiovisual de Andalucía garantizará el servicio público

La Ley Audiovisual regula también las emisiones de universidades y centros docentes

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de Ley Audiovisual de Andalucía, que será remitido al Parlamento autonómico para su aprobación definitiva, en el que se establece una regulación integral de este sector estratégico para la economía, la cohesión social y la proyección cultural de la comunidad. Además, incorpora medidas para asegurar la defensa del servicio público de forma que no puedan producirse privatizaciones ni externalizaciones, ha informado Manuel Jiménez Barrios, vicepresidente de la Junta de Andalucía.

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Sede de la Radio Televisión de Andalucía en Sevilla

La futura norma cubrirá aspectos insuficientemente desarrollados por la legislación estatal básica en vigor desde 2010 (la Ley General de la Comunicación Audiovisual), sobre todo en lo relativo a la ampliación de los derechos de los usuarios, la protección de los menores, la participación de la ciudadanía, el control de las emisiones ilegales y reforzamiento de las sanciones. Una de sus principales novedades será la regulación de ámbitos del sector hasta ahora sin reconocimiento normativo, como es el caso del servicio público audiovisual que prestan universidades y centros docentes.

Respecto a los derechos, el proyecto amplía su catálogo considerando a los usuarios no solo como destinatarios de los servicios sino como parte integrante de la comunicación audiovisual. En este sentido, establece medidas para mejorar el acceso de la ciudadanía a los medios y el adecuado reflejo de la diversidad política, cultural y social de la comunidad. También impone obligaciones concretas a administraciones y medios de comunicación para la protección de los menores en sus derechos al honor, la identidad y la imagen, además de garantizar el conocimiento de los contenidos de los servicios de televisión y sus horarios de emisión con una antelación suficiente.

Entre otras novedades, la norma andaluza ampliará las franjas horarias de protección reforzada vigentes ahora y fijados por la legislación estatal básica. Así, los contenidos calificados como recomendados a menores de 13 años deberán incluirse entre las 7.00 y las 9.00 horas y entre las 17.00 y las 20.00 horas en el caso de días laborables. Se aumenta así en una hora la franja matutina, actualmente situada entre las 8.00 y las 9.00. Además, los contenidos que puedan resultar perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores sólo podrán emitirse en abierto entre las 23.00 y las 6.00 horas (actualmente la franja es 22.00-6.00). De forma similar, se garantizarán los derechos de las personas con discapacidades auditivas y visuales con diversos requerimientos mínimos en cuanto a horas de emisión adaptada.

Más participación ciudadana

Con el fin de facilitar la implicación de la sociedad, el proyecto recoge la creación del Consejo de Participación Audiovisual de Andalucía, que estará integrado por representantes de la ciudadanía y de los agentes del sector. Este órgano, cuya composición y funciones serán detalladas en desarrollo reglamentario posterior, deberá reflejar la realidad plural de la comunidad y funcionará como garante de los derechos de la población en relación con la comunicación audiovisual.

La futura ley afectará a todos los prestadores de servicios en este ámbito, incluyendo los privados, los públicos locales y el autonómico. Por primera vez en España, también se reconocerá y se dará cobertura legal a los que surgen en los ámbitos de las universidades y los centros docentes públicos, así como a los comunitarios sin ánimo de lucro. Con la definición de las condiciones de prestación, la gestión de sus licencias y el control y supervisión de su funcionamiento, el proyecto alcanza así la regulación integral de todos los ámbitos del sector.

En relación con el apoyo a la actividad económica y empresarial audiovisual, se establecen las bases de un sistema de incentivos y ayudas a la financiación para respaldar proyectos de creación, producción, distribución, exhibición y promoción exterior. Estas ayudas, que también cubrirán iniciativas de formación e investigación y otras vinculadas al turismo (como el fomento de nuevas rutas cinematográficas), se concretarán en el Plan de Ordenación e Impulso al Sector Audiovisual.

El proyecto introduce también novedades en relación con los derechos y obligaciones de los prestadores de servicios audiovisuales y con los mecanismos de control vinculados a los de carácter público local. Se detallan así medidas para asegurar, con mayores garantías que la legislación estatal, la prohibición efectiva de emitir publicidad en emisoras sin licencia. Con la nueva ley, los anunciantes, las agencias de publicidad y los terceros que contraten con emisoras sin título habilitante serán también responsables.

En la misma línea de un mayor control para luchar contra la piratería, se refuerzan la actividad inspectora y el régimen sancionador. En el primero de estos aspectos, la ley dotará a la Administración autonómica de nuevos mecanismos para acceder a los lugares que pueden estar vinculados a emisiones o servicios audiovisuales irregulares o ilegales. En este sentido, se crea la figura del “colaborador necesario”, por ejemplo, para los titulares de parcelas donde se sitúen torres de emisión, que deben prestar su ayuda para el acceso a las instalaciones.

Sanciones

En cuanto al régimen disciplinario, el anteproyecto tipifica nuevas infracciones y sanciones para los casos de incumplimiento de esta colaboración y también para quienes realizan comunicaciones comerciales con prestadores del servicio sin licencia. El texto actualiza las cuantías previstas en la ley básica para hacerlas más acordes con la realidad y dimensión del sector audiovisual en Andalucía.

Las sanciones para las infracciones tipificadas como muy graves, entre ellas la emisión sin licencia, oscilarán entre 80.001 euros y un millón para los servicios de comunicación televisiva, y entre 20.001 y 200.000 para los radiofónicos.

En el caso de las infracciones graves, como incumplir el deber de comunicación previa o alterar los parámetros técnicos de emisión, se podrán imponer sanciones de entre 20.001 y 80.000 euros para las televisiones y de entre 10.001 a 20.000 para las radios. El régimen sancionador se completa con multas para infracciones leves de hasta 20.000 y 10.000 euros, respectivamente.

El proyecto de ley que ahora se remite al Parlamento es fruto del consenso con el sector audiovisual andaluz. El texto inicial ha estado precedido de 23 reuniones entre la Junta y más de medio centenar de entidades vinculadas con esta actividad.

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