Con ocasión del Día Mundial contra el Trabajo Infantil, que se celebra el 12 de junio, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) urge a los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a adoptar medidas apropiadas para eliminar en forma inmediata formas de explotación, llamadas “peores formas de trabajo infantil”.
El convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece que las “peores formas de trabajo infantil” son todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y la trata de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños y niñas para utilizarlos en conflictos armados, para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas o para otras actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes. Según este mismo convenio, las peores formas de trabajo infantil deberán ser determinadas por la legislación nacional luego de un proceso de consulta.
“Reconocemos los esfuerzos realizados por los Estados en esta materia”, señaló la Comisionada Rosa María Ortiz, relatora sobre los Derechos del Niño de la CIDH: “Las organizaciones de la sociedad civil que trabajan con niños, niñas y adolescentes, y que participan en las consultas para determinar la lista de peores formas de trabajo infantil, deben ser tenidas en cuenta. La voz de los niños y las niñas, en especial aquellos expuestos al trabajo, también debería ser considerada para comprender mejor sus vulnerabilidades”, agregó.
La Institución hace una llamada a los Estados para elaborar la «lista nacional de peores formas de trabajo infantil a ser prohibidas, así como en la consideración de las medidas a ser adoptadas para proteger a niños, niñas y adolescentes de los trabajos que perjudican sus derechos, y brindar la asistencia directa necesaria para asegurar la rehabilitación e inserción social de niños y niñas víctimas de explotación”.
La relatora también puntualizó que el Comité de Derechos del Niño estableció la necesidad de distinguir entre el trabajo infantil que hay que abolir y el trabajo infantil que cabe aceptar, como por ejemplo las actividades que permitan a los niños indígenas conocer su identidad y su cultura.
Por otra parte, la Comisión Interamericana señala que la pobreza y el hambre ubica a los niños en una situación de mayor vulnerabilidad frente a todo tipo de explotación y pese a reconocer avances, destaca que continúa habiendo desafíos: “cuando el Estado tiene una sólida red de seguridad social que asegura asistencia para cobertura de necesidades básicas a familias de bajos ingresos, se disminuye el riesgo de que niños y niñas sean explotados”, señaló el comisionado Paulo Vannuchi, encargado de la Unidad de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la CIDH.
Por otro lado, la Comisión Interamericana insta a los Estados Miembros a que adopten medidas para difundir extensamente los derechos de niñas y niños, especialmente entre los mismos niños, y entre, padres, defensores de los derechos de la niñez, personal docente, operadores de justicia, policías, militares y grupos de profesionales que trabajen con niños o para ellos. En el mismo sentido, solicita de manera urgente, que se integre a un sistema educativo de calidad a los niños que no estén recibiendo educación formal y que dicha educación sea culturalmente adecuada y responda a sus necesidades.
La Comisión urge la adopción de medidas para garantizar que todas los menores de la región puedan terminar al menos el ciclo de enseñanza primaria, tengan oportunidades de formación para el trabajo digno, así como liberar de todas las formas de trabajo dañino para asegurar su inserción social al mismo tiempo que se atiende a las necesidades de sus familias.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.