La Asociación Español de defensa de los Derechos Humanos (AEDIDH) ha publicado un comunicado en el que sostiene que el Gobierno de España ha aprobado un reglamento que ampara vulnerar derechos humanos en los Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE)
El pasado 15 de marzo salió publicado en el BOE el Reglamento sobre el funcionamiento de los CIE. Esta norma llega con más de cuatro años de retraso, pues la ley de extranjería de diciembre de 2009 ordenaba su aprobación en un plazo de seis meses, señala la AEDIDH.
Durante todo este tiempo, los CIE han seguido funcionando sin una norma clara que armonizase y garantizase aspectos esenciales de las condiciones de internamiento de personas que, valga recordarlo, están ahí únicamente a causa de su condición migratoria. En efecto, muchos han sido los organismos de protección de derechos humanos los que han urgido en los últimos años a las autoridades españolas a aprobar el Reglamento de los CIE.
Ahora bien, apunta la AEDIDH, la norma recientemente aprobada por el Gobierno, lejos de mejorar la situación del internamiento, legitima una serie de prácticas que venían ocurriendo en algunos centros y que son contrarias a la libertad y seguridad personales y a los derechos económicos, sociales y culturales de la personas retenidas. Se les niega el derecho a comunicarse de manera fluida con su familia y letrado/a, pues se prohíbe el uso de teléfonos móviles en los centros. Por otro lado, no se garantiza una debida asistencia sanitaria las veinticuatro horas del día, lo cual es especialmente alarmante teniendo en cuenta que varias son las personas que han fallecido en estos centros a causa del deficiente sistema de atención médica. Tampoco se reconoce el secreto de las comunicaciones en las quejas interpuestas por los internos y dirigidas a jueces, fiscales o Defensora del Pueblo.
El Reglamento no establece que los internos reciban información acerca del derecho a solicitar asilo y del procedimiento aplicable, o acerca de los motivos del internamiento. También es francamente preocupante el sistema de vigilancia que se establece en el Reglamento: por un lado, se introducen las armas de fuego (lo cual no ocurre ni siquiera en los centros penitenciarios), y por el otro no se garantiza el uso de cámaras en las dependencias, medida en la que ha insistido en numerosas ocasiones el CPT para prevenir y evitar los malos tratos y las torturas en los centros.
En lugar de establecer una normativa que legitima la medida de internamiento y criminaliza a las personas migrantes, el Gobierno debería erradicar estas prácticas, al ser contrarias entre otros a los derechos a la libertad y seguridad personales y al principio de no discriminación. Así lo vienen recomendando, entre otros, el Relator sobre los Derechos de las Personas Migrantes y el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, ambos organismos pertenecientes a las Naciones Unidas. Una política migratoria acorde con los derechos humanos es incompatible con la privación de libertad de personas que no han cometido delito alguno.