Podrán optar al “Premio de Novela Café Gijón” las novelas inéditas escritas en lengua castellana que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. El autor responde de la autoría y originalidad de la novela presentada al Premio, así como de no ser copia ni modificación de obra ajena.
2. Las obras deberán tener una extensión mínima de 150 folios (de aproximadamente 2100 espacios / página, tamaño DIN A4).
3. La presentación de originales podrá hacerse de dos formas:
a) A través de Internet. Cumplimentando, en la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (http://www.gijon.es/cafegijon/) el formulario correspondiente y adjuntando, en el mismo, el original en formato electrónico (pdf, doc, txt o rtf). Una vez enviado el formulario telemático, la Oficina Virtual devuelve un comprobante acreditativo, con la fecha y hora de presentación.
Aquellos concursantes que envíen su novela a través de internet y participen con seudónimo, deberán remitir además por correo postal una plica o sobre cerrado, con el seudónimo y título en el exterior, y con los datos identificativos (nombre, apellidos, dirección y teléfono) en el interior, a la dirección más abajo indicada.
b) Por correo postal: se remitirá la novela impresa, por duplicado, indicando en el exterior del paquete “Premio de Novela Café Gijón”, a la siguiente dirección:
- Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular del Ayuntamiento de Gijón/Xixón
- c/ Jovellanos, 21
- 33201 Gijón/Xixón – Asturias
4. En los originales deberán figurar el nombre y los apellidos del autor, así como la dirección de su domicilio y teléfono. También puede concursarse bajo seudónimo, en cuyo caso se incluirá la correspondiente plica cerrada, debiendo constar en su interior el nombre, los apellidos, la dirección y el teléfono de su autor, así como el título de la obra; y, en el exterior, el seudónimo utilizado y el título de la obra.
5. El plazo de admisión de originales finalizará el 15 de mayo de 2014, admitiéndose, no obstante, aquellos que hayan sido matasellados por Correos ese mismo día.
6. El jurado, compuesto por relevantes personalidades del mundo de las letras, será designado por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón. La composición del mismo se dará a conocer con ocasión del fallo, que se hará público en septiembre de 2014 en las dependencias del propio Café Gijón. Su decisión será inapelable. El convocante delpremio se reserva la potestad de hacer públicos o no los títulos y los autores de lasnovelas finalistas.
7. Para la adjudicación del “Premio de Novela Café Gijón” será utilizado el procedimiento de eliminación por votaciones secretas. Cada uno de los miembros del jurado deberá elegir, en la primera de ellas, tantas obras como miembros del jurado; en la segunda votación cada uno de los miembros elegirá una menos que en las anteriores, y así, sucesivamente, por la eliminación en cada votación de una de las obras, se llegará en la última vuelta a la concesión del Premio. En el caso de que dos o más obras obtuviesen igual número de votos, se efectuarán las votaciones secundarias necesarias para el desempate.
8. La cuantía del “Premio de Novela Café Gijón” se fija en 20.000 €, aportados por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Esta cantidad no supondrá en ningún caso la cesión o limitación de los derechos de propiedad de la obra premiada, incluidos los derivados de la propiedad intelectual.
9. El Ayuntamiento de Gijón/Xixón, en calidad de concesionario del premio, en ningún caso realizará o estará interesado en la explotación económica de la obra premiada.
10. Los originales presentados a concurso no serán devueltos. Una vez fallado el premio, se procederá a destruir las copias no premiadas, tanto las recibidas en papel como las remitidas en formato digital.
11. La convocatoria del premio se realizará a través del BOPA y en publicaciones culturales de gran difusión.
12. La participación en este concurso implica la aceptación de todas y cada una de las bases, sometiéndose las partes a los juzgados y tribunales de Asturias en el supuesto caso de que se produjeran diferencias que tuvieran que dirimirse judicialmente.
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