Cerigua.- Después de más de cuatro años de haberse presentado como iniciativa de ley, este viernes fue aprobada por la Asamblea Nacional de Ecuador la Ley Orgánica de Comunicación; entre los cambios introducidos por la norma sobresalen la redistribución de las frecuencias radiofónicas con un 33 por ciento para medios privados, 33 por ciento para medios públicos y 34 por ciento para medios comunitarios, que se aplicará gradualmente.
De acuerdo con la Agencia Latinoamericana de Información (ALAI), durante la votación de la norma el asambleísta ponente, Mauro Andino, invocó el espíritu bajo el cual se elaboró, el que implica reconocer el valor y la importancia de la libertad de expresarse, formulada en instrumentos internacionales de derechos humanos.
Asimismo, dijo que la ley añade una serie de oportunidades y servicios para que esta libertad realmente esté al alcance de todos, para que deje de ser un privilegio del cual solo disfrutan los mejor situados en la sociedad.
Entre los cambios a aplicarse están la definición de la “comunicación social” como un servicio público que deberá ser prestado con responsabilidad y calidad; la no censura previa pero sí con responsabilidad posterior por lo que se publique; la defensa de los derechos de los trabajadores de prensa en condiciones de no precarización laboral y la eliminación de monopolios en los medios audiovisuales, no más de una concesión de frecuencia para matriz de radio en AM, una en FM y una matriz de televisión a una misma persona natural o jurídica.
Asimismo, la norma incluye la obligación para los anunciantes privados de destinar al menos un 10 por ciento de su presupuesto anual de publicidad a medios de comunicación de cobertura local o regional, para garantizar que los medios de menor cobertura o tiraje, así como los domiciliados en sectores rurales, participen en la publicidad.
Respecto a los derechos laborales, se estipula que la nómina de trabajadores de los medios de carácter nacional debe conformarse con criterios de equidad y paridad entre hombres y mujeres, interculturalidad, igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y participación intergeneracional; de igual manera, obliga a los medios a proveer a sus empleados los recursos económicos, técnicos y materiales para el adecuado ejercicio de su trabajo.
Uno de los temas más polémicos es el marco institucional que contempla la creación de un Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, como ente regulador, una Superintendencia de la Información y Comunicación, con poderes sancionadores y un Consejo Consultivo ciudadano, cuyo rol es poco claro y no es vinculante.
Reporteros sin Fronteras (RsF) ha señalado que esta norma conserva la obligación para las emisoras de conectar en cadena con el Gobierno, y con ello una “temible herramienta” de ofensiva o réplica gubernamental sin contraparte.
Si bien la ley establece un límite, cinco minutos semanales no acumulables de mensajes en cadena para todos los titulares de funciones del Estado, hace una excepción con el presidente de la República y el de la Asamblea Nacional, que pueden usarlos cuando lo consideren necesario.