La regulación, el acatamiento, la vigencia de la libertad de expresión, de opinión, el debate de las ideas y la libertad de prensa han sido producto de una lucha incesante de la humanidad por ver respetados y reconocidos sus derechos fundamentales que son inalienables, universales, irrenunciables e interdependientes.
La materialización de las ideas, las distintas formas de comunicación, el acceso a distintas fuentes de información, la posibilidad de informar, de opinar, de disentir, son pilares fundamentales para la democracia e inherentes al ejercicio de la profesión periodística que, como toda práctica profesional, se rige por referencias deontológicas.
La libertad de información, consagrada universalmente, constituye una esencialidad en la participación ciudadana real y en la construcción de condiciones materiales y espirituales de las personas.
En Guatemala, el periodismo ha sido una profesión de alto riesgo. Durante el conflicto armado, según algunos datos, la contrainsurgencia cobró la vida de 342 periodistas y 126 fueron desaparecidos; decenas tuvieron que salir al exilio para resguardar sus vidas. Muchos fueron torturados, se implantó la censura oficial y prevaleció la humillante autocensura, que privó a la sociedad del conocimiento de las atrocidades que sucedieron y que muy poco están reflejadas en los medios. Atreverse a informar, apegarse al rigor de la verdad, no acatar los límites impuestos, se convirtieron en sentencias de muerte.
Hoy nuevas amenazas nos tienen cercados, la agitación de los escenarios en donde se desarrollan los hechos que constituyen noticia se convierten en peligros, que unas veces se hacen evidentes y otras son parte del enorme subregistro de casos que los reporteros no denuncian.
Los ataques contra periodistas se han incrementado, provienen de agentes vinculados al Estado, de autoridades, de fuerzas de seguridad, de partidos políticos, de sicarios, de criminales y hasta de pobladores, entre otros.
También se ha recurrido a las denuncias penales, para inhibir la libertad periodística, tal el caso de las acciones ejercidas por allegados al partido Líder, por haberse difundido información que perjudica la imagen de su candidato presidencial, con lo cual buscan someter a un acoso a profesionales quienes están haciendo su trabajo. Se obvia así la jurisdicción privativa a la que tenemos derecho y que es lo que correspondería cuando se tratare de delitos referidos a la libertad de expresión.
Desde 1994, en la Declaración de Chapultepec, las personalidades signatarias reconocieron que “la crisis de las instituciones, las desigualdades, el atraso, las frustraciones transformadas en intransigencia, la búsqueda de recetas fáciles, la incomprensión sobre el carácter del proceso democrático y las presiones sectoriales, son un peligro constante para el progreso alcanzado”. Agrega: “Sabemos que no toda expresión e información pueden encontrar acogida en todos los medios de comunicaciones. Sabemos que la existencia de la libertad de prensa no garantiza automáticamente la práctica irrestricta de la libertad de expresión. Pero también sabemos que constituye la mejor posibilidad de alcanzarla y, con ella, disfrutar de las demás libertades públicas”.
Trece candidatos a la Presidencia —faltó uno— firmaron la Declaración que establece un decálogo que materializa una aspiración ciudadana, como dijo un miembro de la SIP, “saca de la abstracción la libertad de prensa y expresión y la convierte en algo medible y tangible”.