Se estima que, en España, más de 114 000 víctimas del franquismo siguen aún en paradero desconocido
Con motivo del Día Internacional de las Víctimas de Desaparición Forzada, que se conmemora el 30 de agosto, Amnistía Internacional, junto a la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la Asociación Pro Derechos Humanos de España y Rights International Spain se han dirigido a diferentes organismos de la administración española para recordarles los pasos a seguir con las víctimas de desaparición forzada durante la Guerra Civil y el franquismo.
Portavoces de estas organizaciones sostienen que las «prometedoras intenciones» del actual Gobierno de España con las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo «deben pasar a los hechos», y presentan al Gobierno un programa para avanzar en verdad, justicia y reparación con las víctimas de desaparición forzada durante la Guerra Civil y el franquismo.
En un comunicado, estas oenegés valoran los anuncios del Gobierno para impulsar medidas que garanticen el derecho a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo y sus familiares, entre ellas la creación de una Comisión de la Verdad, el fin de la ‘privatización’ de las exhumaciones o la declaración de nulidad de las sentencias de muerte dictadas en procesos manifiestamente injustos durante la Guerra Civil y el franquismo.
Para «pasar de las palabras a los hechos», estas organizaciones, con motivo del Día Internacional de las Víctimas de Desaparición Forzada, han presentado un programa con medidas al Ejecutivo, a la Fiscalía General del Estado y al Consejo General del Poder Judicial, propuestas por diferentes mecanismos de Naciones Unidas[A], que sirvan para eliminar los cinco principales obstáculos con los que las familias de víctimas de desaparición forzada continúan enfrentándose 80 años después de la Guerra Civil, y pasados 40 desde la llegada de la democracia (se estima que más de 114 000 personas siguen aún en paradero desconocido).
Cinco obstáculos para las familias de las víctimas de desaparición forzada
- Deficiente tipificación del delito de desaparición forzada en el Código Penal, al ser incompatible con la legislación internacional por, entre otros aspectos, no reconocer expresamente el carácter continuado de las desapariciones forzadas.
- Ausencia de investigaciones y tendencia al archivo de casos, consolidada por la sentencia 101/2012 del Tribunal Supremo que utiliza argumentos como la prescripción de los delitos, el fallecimiento de los presuntos responsables, negar el carácter permanente de las desapariciones y la vigencia de la Ley de Amnistía de 1977.
- Falta de cooperación judicial y obstaculización al procedimiento abierto por la justicia argentina sobre graves violaciones de derechos humanos cometidas en España en el pasado.
- Falta de atención a las reclamaciones de nulidad de las sentencias dictadas en vulneración del derecho a un juicio justo por tribunales especiales, que no sólo serviría de reparación simbólica, sino para acabar con los efectos legales de dichas sentencias.
- La ‘privatización’ de las exhumaciones. El modelo actual de exhumaciones delega la responsabilidad en las víctimas y las asociaciones, alimentando la indiferencia de las instituciones estatales, y conllevando dificultades metodológicas de homologación y oficialización de la verdad.
… Y cuatro orientaciones para avanzar
Las organizaciones plantean cuatro orientaciones, con hasta diecinueve medidas concretas, para poner en marcha las recomendaciones que los diferentes mecanismos de Naciones Unidas han hecho a España durante los últimos años en materia de desaparición forzada durante la Guerra Civil y el franquismo.
- Cambiar la legislación (Código Penal, Ley de Amnistía de 1977, Ley Orgánica del Poder Judicial, y Ley de Memoria Histórica) para tipificar la desaparición forzada de manera acorde con la legislación internacional, eliminar obstáculos a la investigación de este tipo de delitos, y crear una Comisión de la Verdad que sirva para investigar en profundidad y documentar estos abusos graves de derechos humanos.
- Investigar de oficio todas las desapariciones forzadas a la luz de las obligaciones internacionales, de manera exhaustiva e imparcial, independientemente del tiempo transcurrido desde el inicio de las mismas. No aplicar la Ley de Amnistía de 1977 a responsables de desapariciones forzadas, como grave violación a los derechos humanos que son. Asegurar la colaboración de la justicia española con procedimientos judiciales abiertos en países como Argentina o México.
- Pasar de lo privado a lo público, revisando la legislación relativa a la búsqueda, exhumación e identificación de las personas desaparecidas, asegurando la coordinación de estas actividades y actualizando los mapas de fosas desarrollados de acuerdo con la Ley de Memoria Histórica. Crear una entidad estatal encargada de todas las cuestiones relativas a las desapariciones forzadas, incluyendo el establecimiento y la gestión de una base de datos central sobre las desapariciones.
- Formar a jueces, fiscales y funcionarios públicos en materia de derechos humanos, instrumentos internacionales sobre desaparición forzada, e incorporar en la formación materias relacionadas con la Guerra Civil y el franquismo.
Enlaces
- Los mecanismos de Naciones Unidas que han mostrado su preocupación por la inacción de las autoridades españolas en materia de derecho a la verdad, la justicia y la reparación por los crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y franquismo en diferentes informes entre 2013 y 2017 son: el Relator Especial sobre la Promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de no repetición; el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas e Involuntarias; el Comité de Derechos Humanos; el Comité Contra la Tortura y el Comité contra la Desaparición Forzada.
- Carta completa de las oenegés de derechos humanos al Gobierno de España