Diversas fuentes recordaron que durante un encuentro internacional en 2002 de organizaciones no gubernamentales de Europa, Asia y América, que tenían como común denominador promover el acceso a la información pública, se propuso el 28 de septiembre como el día internacional del “derecho a saber”.
Se ratificó que era un reconocimiento a la importancia de la información como elemento esencial de la democracia. El acceso a ella es un paso previo a la participación en lo público. El ordenamiento jurídico guatemalteco consagra el derecho al acceso a la información, tanto de documentos públicos y oficiales, como de la que conste sobre una persona determinada.
Tratado y Convenios internacionales aceptados por Guatemala tienen incluidas estas garantías. No puede haber participación democrática, ni hay condiciones idóneas para la incidencia e intervención en la toma de decisiones, sin un adecuado conocimiento de los asuntos que deben tratarse en el ámbito colectivo. Con frecuencia tenemos que estar recordando que la información es algo más que un valor intercambiable, es un derecho subjetivo, fomenta el desarrollo personal, contribuye a la democracia y es de interés para la colectividad.
El Estado es el obligado a garantizar el ejercicio de esa búsqueda, así como la libre difusión y circulación de la información y el acceso a las fuentes sin discriminación alguna. La libertad de expresión y opinión están íntimamente ligadas al derecho a la información, que es mucho más amplio. Los entes obligados por ley tienen que proporcionarla de forma veraz y precisa. La desinformación y la información inexacta, incompleta o inoportuna afectan sustancialmente la calidad de la participación pública.
Expertos han sostenido que el acceso a la información debe ser sencillo y expedito, lo cual favorece la cultura de la transparencia, contribuye a la rendición de cuentas, mejora la organización, clasificación y manejo de documentos en poder de entes públicos, es decir, que constituye una ventana de oportunidad para que la burocracia alcance estándares aceptables de servicio público. El aparato estatal debe entender que el sistema de acceso a la información contribuye a la democratización, a la auditoría social y a generar confianza en lo público.
También crea condiciones para evaluar el desempeño de los funcionarios públicos, incita a mejorar los niveles de responsabilidad y conciencia social de empleados y empleadores. Contribuye a mejorar el uso y manejo de los recursos públicos, que son patrimonio social, lo que a su vez permite mejorar los índices de desarrollo humano.
Miembros de IFEX que velan por estos derechos fundamentales, entre ellos la agencia Cerigua, dirigieron una carta al secretario de las Naciones Unidas, en la cual le rogaron que se tome el tiempo de garantizar que esos derechos no se olviden en los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Y nosotras (os) aquí exigimos a las municipalidades y a los demás entes obligados que no violen derechos fundamentales y que no sigan infringiendo la ley, para no seguir acumulando desprestigio y desconfianza ciudadana.