El sexo sin consentimiento es violación en nueve países europeos

Anna Błuś[1]

Aproximadamente nueve millones de mujeres en la Unión Europea (UE) han sido violadas después de los quince años. La cifra es inquietante.

Igualmente alarmante es el hecho de que pocos países europeos se tomen este delito con la seriedad que deberían, tanto en la ley como en la práctica, porque de 33 países europeos, sólo nueve reconocen la simple verdad de que el sexo sin consentimiento es violación (contando por separado las tres jurisdicciones de Reino Unido).

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¿Qué mensaje envía esta actitud a quienes perpetran estos actos? ¿Qué dice esto a nuestras sociedades, donde se sigue culpando abrumadoramente a las supervivientes de las agresiones sexuales que sufren?

La ausencia de reconocimiento legal de que las relaciones sexuales sin consentimiento constituyen violación fomenta la idea de que recae en nosotras como mujeres la responsabilidad de protegernos de la violación. Estas actitudes son peligrosas y tienen que cambiar.

En Inglaterra y Gales, Escocia, Irlanda del Norte y la República de Irlanda, así como Bélgica, Chipre, Luxemburgo y Alemania tienen definiciones basadas en el consentimiento.

Pero los restantes países europeos están muy rezagados, pues sus leyes penales siguen definiendo la violación en función de la fuerza física o la amenaza de la fuerza, la coacción o la incapacidad para defenderse. De los países nórdicos, a los que generalmente se considera modelos de igualdad de género, Islandia es el primero y único hasta ahora que ha introducido una definición basada en el consentimiento.

Jón Steindór Valdimarsson, parlamentario que impulsó el cambio en Islandia, declaró a Reykjavik Grapevine: “Es probable que ayude a impedir las relaciones sexuales que tienen lugar sin consentimiento. Creo que esta es la principal repercusión de esta ley”.

¿Seguirán su ejemplo los demás países nórdicos y el resto de Europa?

En Noruega, los políticos acaban de perder la oportunidad. El 5 de abril, el Parlamento noruego rechazó ese cambio, el mismo día que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas criticaba al gobierno por la legislación en vigor. Sin embargo, en la vecina Suecia el gobierno está resuelto a aprobar una nueva “ley de consentimiento” antes del verano. En Dinamarca y Finlandia hay propuestas semejantes que se están debatiendo o han sido propugnadas por numerosos activistas u organizaciones.

La definición legal de la violación basada en la ausencia de consentimiento no es nueva ni innovadora. Es una norma internacional reconocida de derechos humanos. El Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul), ampliamente considerado el marco jurídico más completo hasta la fecha para combatir la violencia contra las mujeres y niñas, obliga a los países firmantes a penalizar todo acto de carácter sexual realizado sin consentimiento. A pesar de que el Convenio de Estambul ha sido ratificado por más de 20 Estados europeos, la mayoría de ellos no han modificado aún sus definiciones legales de violación.

En los últimos cinco años, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité de la CEDAW) ha instado a varios Estados europeos a armonizar su legislación sobre la violación con las normas internacionales, incluido el Convenio de Estambul, y a definir la violación sobre la base de la ausencia de consentimiento.

Según la encuesta sobre violencia de género hecha en 2016 por la Comisión Europea, casi un tercio de las personas que respondieron consideraron que la relación sexual sin consentimiento podría estar justificada “en determinadas circunstancias”. Entre ellas figuran, por ejemplo, si la persona está ebria o bajo la influencia de drogas, si va voluntariamente a casa con alguien, viste prendas provocativas, no dice “no” claramente o no se resiste.

De hecho, a pesar de la expectativa de que una víctima “prototipo” de violación se resistirá a su agresor, el bloqueo al hallarse ante una agresión sexual ha sido reconocido como respuesta fisiológica y psicológica habitual, que deja a la persona sin capacidad para oponerse a la agresión, a menudo hasta el punto de la inmovilidad. Por ejemplo, un estudio clínico publicado en Suecia en 2017 reveló que el 70 % de las 298 mujeres supervivientes de violación evaluadas experimentaron “parálisis involuntaria” durante la agresión.

En un caso aún abierto en el norte de España, la autopsia del cuerpo de Diana Quer, quien desapareció en 2016, no permitió establecer si había sido violada a partir de los datos biológicos debido al grado de descomposición del cuerpo. Pero el caso ha dado lugar a importantes debates sobre lo equivocado de las expectativas de que las mujeres se resistan físicamente a la violación después de que algunos medios de comunicación especularan que Diana fue asesinada precisamente por resistirse a la agresión sexual. Además de las expectativas de la sociedad, un número excesivo de sistemas de justicia penal también hacen recaer la carga en que las mujeres luchen en vez de hacerlo en que los autores de tales actos no violen.

En Irlanda del Norte mereció una amplia cobertura de los medios de comunicación la absolución de cuatro jugadores de rugby del Ulster de cargos de violación y otros delitos sexuales, que provocó un debate de ámbito nacional sobre la idoneidad de los procesos legales y el trato que dispensan a las personas que denuncian. Durante el juicio la denunciante fue interrogada por cuatro abogados defensores durante ocho días y se exhibió ante el tribunal su ropa interior manchada de sangre. Esto suscitó una oleada de solidaridad con la mujer tanto en Irlanda del Norte como en la República de Irlanda, y miles de personas asistieron a manifestaciones en Belfast, Cork, Dublín y otras ciudades, que expresaron su apoyo a través del hashtag #IBelieveHer (Yo la creo) y una página de Facebook y compartiendo sus propias historias.

Lo que el juicio de Belfast ha mostrado con claridad es que, incluso en una jurisdicción donde la violación se define sobre la base de la falta de consentimiento, sigue habiendo numerosos obstáculos para el acceso de las mujeres a la justicia cuando sufren una violación. Las definiciones de violación basadas en el consentimiento y las reformas legales no son soluciones definitivas para abordar y prevenir este delito omnipresente, pero son importantes puntos de partida. La implementación y la prevención se ven obstaculizadas por los prejuicios, la culpabilización de las víctimas y los estereotipos y mitos generalizados con frecuencia entre quienes tienen encomendado prevenir la violación y permitir el acceso de las personas supervivientes a la justicia. Con el movimiento #MeToo / #YoTambién, nuestras voces como mujeres se oyen como tal vez nunca se habían oído. Pero no corresponde únicamente a las y los activistas aplicar los cambios. No ser objeto de violación es un derecho humano. Ha llegado la hora de que los Estados asuman su responsabilidad y tomen cartas en el asunto para que se reconozca en la ley que el sexo sin consentimiento es violación.

  1. Anna Błuś (@AnnaMBlus), Amnistía Internacional, 26 de abril de 2018
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