España debe investigar todas las desapariciones forzadas

El Comité de Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas exhorta a España a que asegure que todas las desapariciones forzadas sean investigadas de manera exhaustiva e imparcial, independientemente del tiempo transcurrido y aún cuando no se haya presentado ninguna denuncia formal.

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Exhumación en Villalba de Duero, Burgos 2010 © Iñaki Hernando AI

Amnistía Internacional da la bienvenida a dichas recomendaciones del organismo internacional que pide, además, que se adopten las medidas necesarias desde el Gobierno y desde el poder judicial para eliminar los obstáculos a estas investigaciones, en particular la interpretación de la Ley de Amnistía de 1977.

Para el Comité, que por primera vez ha examinado la situación española, la ley de amnistía no debe impedir las investigaciones de crímenes del derecho internacional como los cometidos durante el franquismo y la guerra civil. En el documento se recogen, además, varias de las recomendaciones que Amnistía Internacional había planteado al Comité en una reunión este mes.

Por otra parte, el Comité ha expresado su preocupación por la interpretación errónea en relación al derecho internacional por parte del Tribunal Supremo en el llamado «caso Garzon», donde, entre otros argumentos, invocó la ley de amnistía y la muerte de los presuntos responsables para justificar la imposibilidad de investigar graves violaciones de derechos humanos cometidas en España en el pasado.

“El Comité da un paso importante tanto para España como para el resto de países ya que reconoce su competencia para formular recomendaciones a los Estados sobre desapariciones forzadas cometidas en el pasado”, ha declarado Ignacio Jovtis, investigador de Amnistía Internacional sobre España.

Finalmente, el Comité ha indicado la necesidad de incorporar en la legislación española la desaparición forzada como delito autónomo, así como la prohibición de proceder a una expulsión, devolución, entrega o extradición cuando haya razones fundadas para creer que una persona estaría en peligro de ser sometida a una desaparición forzada.

Asimismo, el Comité ha alertado sobre el régimen de incomunicación (por el cual una persona puede estar detenida hasta 13 días sin poder contar con un abogado o médico de su elección, entre otras limitaciones) y espera que la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cumpla con el artículo 17 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, de la que España es Estado parte, que establece que nadie puede ser detenido en secreto, entre otros aspectos.

Amnistía Internacional espera que todas las autoridades españolas, incluidas las judiciales, adopten las recomendaciones hechas por el Comité.

El Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada es un órgano compuesto por expertos independientes que, durante su quinto periodo de sesiones, en noviembre de 2013, ha examinado por primera vez este mes de noviembre el cumplimiento, por parte de España, de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, que entró en vigor en España en 2010.

 

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