Injuria e insulto se enjuician en España torpemente. Por una parte, los medios de comunicación masiva utilizan expresiones ofensivas en general, y en particular, contra quien no se atreve, o no tiene los recursos necesarios para demandar por su honor.
Por otra parte, quienes escribimos críticamente tememos la inseguridad jurídica que obliga a una autocensura frustrante. Yo mismo he sido demandado varias veces (ganando siempre con las costas y todos los pronunciamientos favorables), la última por 300.000 euros de cuantía, también contra mi empresa CITA, por decir que era inmoral e ilícito lo que se demostró que es inmoral e ilícito, e incluso algo peor aún.
La experiencia de CITA, y la mía personal, en kafkianos procedimientos judiciales, ahora me motiva para pedir a la Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española que se interesen por la jurisprudencia de injuria y el insulto estudiando esta propuesta para que sea la Real Academia Española quien dictamine sobre el significado de las palabras en las supuestas injurias considerando a las academias iberoamericanas cuyo “fin primordial es trabajar asiduamente en la defensa, unidad e integridad del idioma común, y velar porque su natural crecimiento sea conforme a la tradición y naturaleza íntima del español”.
No es difícil buscar en la jurisprudencia las palabras más controvertidas en supuestas injurias. Los demandados por el supuesto honor de quienes se ofenden por la más precisa narración de hechos, incluso sin adjetivos, pero también quienes soportan gravísimos insultos gratuitos con intención ofensiva, tendrían un criterio objetivo si se editase una “guía de injurias” más allá del significado del diccionario pero antes del “Arte de insultar” de Schopenhauer. Las palabras son demasiado importantes como para dejar el monopolio de su interpretación a jueces y fiscales.
Cuando los tribunales no juzgan hechos, sino expresiones, el metalenguaje, como las palabras que hablan de otras palabras y la metajusticia, como los enjuiciamientos de cada juicio, apuntan a un grave problema metafiscal. Pero también tortura a quien se arriesga a una condena, de tal modo, que ni los mejores abogados pueden comprender lo que sienten las partes litigantes. Lamentablemente, no somos muchos los peritos con vocación, formación y experiencia para dictaminar sobre lo que es, o no es, insultante injuria ofensiva. Es inaceptable que se confunda desde los estrados el hecho con la opinión, nombre con adjetivo, o descripción con ofensa.
La filosófía del lenguaje en “Sentido y referencia” de Frege e “Imperativo categórico” de Kant con algo de “lógica deóntica” de Von Wright, puede inspirar a los filólogos iberoamericanos para editar un diccionario panhispánico de injurias e insultos.
Nada nos agradaría más a mi empresa CITA y a mí personalmente, que tener la oportunidad de contribuir con nuestra experiencia judicial y pericial forense, a que esta propuesta sea viable y eficaz, para lo que quedo a la entera disposición de todo el que pueda tener interés, con mi más atento y pendiente saludo, en Madrid, a 31 de agosto de 2013, aquí por www.cita.es/injuria
Firmado: Miguel Ángel Gallardo Ortiz, licenciado en Filosofía, criminólogo y diplomado en Altos Estudios Internacionales. Trabaja en la empresa Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas CITA en Madrid, Teléfono 902998352 Fax: 902998379 [email protected]
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