País Vasco sin derecho a la verdad, justicia y reparación

Amnistía Internacional muestra su preocupación por el bloqueo del Gobierno de España central de cualquier medida que intente reparar a las víctimas

Campaña de Amnistía Internacional contra las prácticas de tortura en España

Amnistía Internacional (AI) y otros organismos internacionales llevan décadas documentando casos de tortura y otros malos tratos en España, cometidos por miembros de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado en vía la pública, en dependencias policiales, y dentro del contexto de la lucha antiterrorista, que no han sido debidamente investigadas o sancionadas.

Según AI, los tribunales no investigan adecuadamente este tipo de delitos. Cuando lo hacen, los responsables son indultados, y cuando se toman iniciativas autonómicas para garantizar verdad, justicia y reparación para las víctimas de este tipo de delitos, desde el Gobierno central no dejan de poner obstáculos.

Uno de los últimos obstáculos se refiere a la tramitación del recurso de inconstitucionalidad presentado ante el Tribunal Constitucional por el Gobierno presidido por Mariano Rajoy contra la ley del País Vasco 12/2016 de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos entre 1978 y 1999. Un recurso similar al que el Gobierno presentó contra la Ley Foral 16/2015 de Navarra en 2016, que abordaba también la reparación a víctimas de actos de motivación política.

En este contexto, Amnistía Internacional ha presentado el informe “País Vasco: Informe de Amnistía Internacional sobre el derecho a la verdad, justicia y reparación para las víctimas de violaciones de derechos humanos, como la tortura”, donde se denuncia cómo España sigue sin atender, conforme a sus obligaciones internacionales, a las víctimas de tortura y malos tratos.

El informe resalta que existe la obligación por parte del Estado de investigar las violaciones de derechos humanos ocurridas en el pasado, existiendo el deber de buscar la verdad tanto colectiva como individual. También señala que el derecho internacional reconoce la posibilidad de buscar verdad, justicia y reparación para las víctimas de graves violaciones de derechos humanos a través de diferentes mecanismos, tanto judiciales como extrajudiciales. El informe se ha presentado tanto al Gobierno central como al Ejecutivo vasco.

“Amnistía Internacional lleva años denunciando que las víctimas de tortura y malos tratos en España no son atendidas de acuerdo al derecho internacional. El Estado no investiga ni deja que se investiguen este tipo de delitos, tampoco presenta medidas de reparación y garantías de no repetición para las víctimas, ni deja que las comunidades autónomas tomen este tipo de iniciativas por considerar que se extralimitan en sus competencias”, manifestó Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.

Para Amnistía Internacional, ningún Estado puede fundamentarse en su carácter federal o descentralizado de su Constitución para eludir el alcance de sus responsabilidades internacionales: Numerosos organismos internacionales hanrecordado a España el carácter vinculante de los tratados internacionales en todos los niveles de la administración.

“Oponerse a reconocer a las víctimas de torturas y malos tratos tal y como recoge el derecho internacional, sin proponer medidas alternativas que las visibilicen y avancen en su reparación sólo sirve para consolidar la impunidad ante este tipo de violaciones de derechos humanos”, señaló Esteban Beltrán.

Invisibilización y obstáculos de las víctimas de tortura y malos tratos

Amnistía Internacional destaca la falta de información sistematizada y disponible sobre la aplicación de la tortura en España. Sólo ante una pregunta de grupos parlamentarios, el Gobierno proporcionó información genérica y poco precisa, como por ejemplo, que entre 2000 y 2016, se habrían producido 152 hechos posiblemente constitutivos de tortura, en los que 73 personas habían sido objeto de investigación, aunque no aclara cuántas de éstas personas fueron condenadas como responsables de un delito de torturas o malos tratos. Sin embargo, según un estudio del Instituto Vasco de Criminología, sobre la tortura en Euskadi entre 1960-2013, con más de 22 000 documentos analizados hasta junio de 2016, se habrían recopilado 4009 denuncias de tortura y malos tratos (83 % de las denuncias corresponden a hombres, el 17 % a mujeres), en algunos casos varias personas habrían sufrido tortura o malos tratos en más de una ocasión.

España sigue sin incorporar en su legislación interna la tipificación de la tortura conforme al derecho internacional. El Comité contra la Tortura recomendaba en sus observaciones finales a España adecuar el artículo 174 del Código Penal a la definición contenida en el artículo primero de la Convención Contra la Tortura. Sin embargo, la última reforma del Código Penal no contempla dichas recomendaciones.

Y en numerosas ocasiones, la respuesta judicial ha resultado insuficiente y no ha cumplido con los requisitos de una investigación exhaustiva del delito de tortura. Desde el año 2010, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado al Estado español hasta en siete ocasiones por no haber emprendido investigaciones efectivas y en profundidad sobre denuncias de torturas a manos de las fuerzas de seguridad durante el régimen de incomunicación. La última de estas condenas tuvo lugar el 31 de mayo de 2016. También tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo dictaminaron que investigaciones realizadas sobre denuncias de torturas no fueron efectivas.

Cuando se producen las investigaciones con resultado de condenas a agentes de las fuerzas de seguridad, el número de indultos es muy alto. Según el Informe – Base de vulneraciones de derechos humanos en el caso vasco, 1960-2013, se dictaron 19 sentencias, por 31 personas torturadas en periodo de incomunicación, contra 62 agentes, 27 de los cuales habrían sido indultados.

Amnistía Internacional lamenta la ausencia de iniciativas a nivel estatal en relación con el reconocimiento y reparación de las víctimas de tortura u otros malos tratos durante los últimos años. La Ley del Estatuto de la Víctima aprobada en 2015 fue una oportunidad perdida para abordar las deficiencias en la reparación debida a las víctimas de estas violaciones de derechos humanos.

Amnistía Internacional valora la pertinencia de iniciativas autonómicas en el reconocimiento de las víctimas, como la ley del País Vasco 12/2016 que toma como referencia el marco internacional de los derechos humanos. Sin embargo, la organización considera que este tipo de iniciativas deberían ser complementadas con normativa estatal y autonómica que garanticen que todas las víctimas de tortura y malos tratos disfrutan de todos sus derechos, sin limitaciones geográficas o temporales.

Peticiones de Amnistía Internacional

Amnistía Internacional pide al Gobierno central que no obstaculice iniciativas legislativas de Gobiernos autonómicos que cumplen con las obligaciones internacionales del Estado destinadas a conseguir garantías para el derecho a verdad, justicia y reparación, y garantías de no repetición a las víctimas de tortura y otros malos tratos, y en concreto:

  • Que tanto el Gobierno central como el Gobierno vasco hagan un reconocimiento público del daño causado por la tortura y otros malos tratos en el contexto de la lucha antiterrorista contra ETA, y que lancen un mensaje claro de que los malos tratos a personas detenidas no serán permitidos.
  • Que de manera exhaustiva y unitaria, recojan y publiquen datos oficiales detallados y desglosados sobre la aplicación de la tortura, que permitan evaluar la respuesta ofrecida por las autoridades políticas, legislativas y judiciales, tanto a nivel estatal como en el País Vasco, a las víctimas directas y a sus familiares.
  • Que se revise toda la legislación vigente para asegurar que las víctimas de esta grave violación de derechos humanos tienen garantizada su reparación de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos. Para ello, entre otras, sería necesario adecuar la definición de tortura del artículo 174 del Código Penal a la de la Convención contra la Tortura, o reformar la ley de Enjuiciamiento Criminal para eliminar el régimen de incomunicación.
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