Sistema penitenciario corrupto en Honduras

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha presentado en Tegucigalpa el Informe sobre la Situación de las Personas Privadas de Libertad en Honduras.

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Rodrigo Escobar Gil, comisionado de la CIDH sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad

El relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad de la CIDH, comisionado Rodrigo Escobar Gil, encabezó la delegación que presentó el informe al presidente de la República, Porfirio Lobo, a familiares de víctimas del incendio en la Penitenciaría Nacional de Comayagua, a otras altas autoridades del Estado, así como a organizaciones de la sociedad civil y a la población de todo el país, a través de los medios de comunicación.

El Informe fue elaborado en base a una visita de trabajo realizada en abril de 2012 a Honduras por una delegación de la CIDH encabezada por el relator Escobar Gil, y que se llevó a cabo con el apoyo financiero de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

“El sistema penitenciario en Honduras es deshumanizado, paupérrimo y corrupto. Las condiciones de existencia en las cárceles son totalmente contrarias a la dignidad humana”, afirmó Escobar Gil. “Es imprescindible que las autoridades del Estado de Honduras, en todas las ramas de Gobierno, impulsen un cambio radical de actitud hacia el sistema penitenciario y reaccionen de manera urgente y contundente ante la crisis estructural profunda que éste atraviesa”, agregó el comisionado, quien mantuvo varias reuniones con autoridades del Estado para analizar las conclusiones y las recomendaciones del informe.

“Existen medidas adoptadas tras el trágico incendio en Comayagua; sin embargo, lejos de adjudicar los recursos necesarios para implementarlas, el presupuesto para este rubro ha disminuido. El Estado y la sociedad han sido insensibles con las necesidades de las personas privadas de libertad”, evaluó el relator: “Es indispensable que el Estado asuma esta crisis del sistema penitenciario como una de sus prioridades, ya que el mismo está totalmente colapsado, y en consecuencia, los derechos fundamentales de los reclusos se están violando en forma sistemática”, añadió.

El informe enfatiza que es imprescindible que haya una adecuada asignación presupuestaria, que haga operativas las instituciones penitenciarias. En este sentido, el relator Escobar Gil indicó: “es inadmisible que las autoridades del Estado digan que estas obligaciones deben ser financiadas por donantes privados o por la cooperación internacional. Estos problemas son responsabilidad del Estado y es su deber asignar los recursos suficientes”.

El relator de la CIDH destacó que una de las conclusiones del informe es que la grave crisis estructural que atraviesan las cárceles en Honduras es el resultado de la ausencia, durante décadas, de políticas públicas integrales orientadas a lograr que el sistema penitenciario cumpla con los fines que establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos: la reforma y readaptación social de los condenados. “Es imprescindible que la respuesta del Estado a los problemas de criminalidad y de inseguridad ciudadana no esté compuesta exclusivamente de medidas de carácter represivo, sino también preventivo. Dentro de esta categoría, debemos incluir los programas de mejoramiento del sistema penitenciario, dirigidos a promover y fomentar el trabajo y la educación en las cárceles, como medio idóneo para lograr la reinserción social de las personas privadas de libertad”, dijo el relator. “Este tipo de programas lograrían disminuir los niveles de reincidencia, y por lo tanto, bajarían los niveles de criminalidad”.

El informe está estructurado en tres partes. En primer lugar, se presenta un diagnóstico de las principales deficiencias estructurales del sistema penitenciario hondureño: la delegación del control interno de los centros penitenciarios a los propios reclusos, el hacinamiento, la falta de presupuesto y de un marco normativo adecuado, la falta de personal penitenciario profesional, entrenado y especializado, y la falta de separación de los internos entre hombres y mujeres, y entre procesados y condenados.

En capítulo aparte se analiza la situación específica de la Penitenciaría Nacional de Comayagua en el contexto del incendio ocurrido el 14 de febrero de 2012, donde murieron 362 personas. El informe destaca que esta tragedia no fue un hecho inédito en Honduras, ya que en 2004 murieron 107 internos en un incendio en la Penitenciaría Nacional de San Pedro Sula. En ambos incendios, las autoridades del Estado tenían demostrado conocimiento de la situación de riesgo, y no adoptaron las medidas correctivas oportunas para evitar estas tragedias.

En este capítulo del informe, la Comisión Interamericana destaca que es imperativo que el Estado lleve a cabo una investigación diligente, pronta e imparcial de los hechos, y que, específicamente, investigue las denuncias que apuntan a graves omisiones por parte de las autoridades del establecimiento en la prevención y control del incendio, así como en el rescate de las víctimas. El informe puntualiza que “es obligación del Estado agotar todas las posibles líneas de investigación y esclarecer los hechos ocurridos en Comayagua, no sólo con el fin de sancionar a los responsables y satisfacer el derecho al acceso a la justicia de las víctimas, sino para aplicar los correctivos necesarios a fin de asegurar que hechos de esta extrema gravedad no se vuelvan a repetir jamás”. Asimismo, el informe indica que el Estado debe prestar atención médica y psicológica idónea a los internos sobrevivientes y a los familiares de aquellos que perdieron la vida en el incendio, y reparar a las víctimas y sus familiares.

El informe concluye con una serie de conclusiones y recomendaciones generales dirigidas al Estado, orientadas a superar la crítica situación del sistema penitenciario hondureño. La Comisión Interamericana recomendó al Estado, entre otros, reducir los índices de hacinamiento y asegurar que los internos sean recluidos en condiciones dignas y congruentes con el principio del trato humano. Entre las recomendaciones, destacan algunas que exigen su implementación urgente e inmediata, tal como la necesidad de poner fin a una situación aberrante como es la falta de separación efectiva entre hombres y mujeres en algunos centros penales, como la Penitenciaría Nacional de San Pedro Sula.

El informe también recomienda al Estado de Honduras adoptar decididamente y de manera impostergable las medidas necesarias para retomar el control interno de todos los establecimientos penitenciarios, de forma tal que sea el Estado quien ejerza la seguridad interna de las cárceles y todas aquellas funciones propias de la administración de las mismas que son indelegables en los propios internos. Es este sentido, se instó enfáticamente al Estado a erradicar definitivamente la práctica de delegar facultades disciplinarias en los propios reclusos, sobre todo la posibilidad de aplicar sanciones.

Otras recomendaciones refieren a la necesidad de dotar a todos los centros penitenciarios de equipos técnicos interdisciplinarios, incluyendo servicios médicos y psicopedagógicos; aumentar la cantidad de Jueces de Ejecución Penal y Medidas de Seguridad a fin de cubrir aquellos centros penales que aun no tienen uno asignado; y realizar las contrataciones de personal necesarias para que todos los Juzgados de Ejecución de la Pena y Medidas de Seguridad cuenten con equipos técnicos interdisciplinarios completos. Por otra parte, el informe puntualiza que el Cuerpo de Bomberos debe realizar inspecciones periódicas en todos los establecimientos penales del país, a fin de evaluar la idoneidad de las medidas de seguridad y de prevención de incendios, así como los protocolos de actuación para casos de emergencia.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

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