La supresión de la tilde de sólo no es obligatoria. Si bien la Ortografía de la lengua española dice que se podrá prescindir de ella incluso en casos de doble interpretación, lo cierto es que en los casos en que haya ambigüedad no lo impone. La Ortografía establece (3.4.3.3, pág. 269): «La palabra solo, tanto cuando es adverbio (Solo trabaja de lunes a viernes) como cuando es adjetivo (Está solo en casa todo el día), así como los demostrativos este, ese y aquel […], son voces que no deben llevar tilde según las reglas generales de acentuación». La Fundéu señala que la observación que menciona aparece en una explicación sobre la norma anterior que imponía la tilde si equivalía a solamente y había riesgo de ambigüedad. Con la nueva norma ya se puede suprimir sin problemas en este caso para así poder seguir la recomendación general. Por tanto, si no hay ambigüedad, estas voces deben escribirse sin tilde, mientras que si hay ambigüedad, y solo en este caso, no se considera incorrecto no seguir la norma general expuesta de que «no deben llevar tilde», aunque siempre es preferible seguir esta última.