Plan de ordenación de recursos humanos del Servicio Madrileño de Salud: chapuza, arbitrariedad y presunta ilegalidad
Carlos Barra Galán
En el contexto del desmantelamiento y privatización de la sanidad pública madrileña, la Consejería de Sanidad a través de su Dirección General de Recursos Humanos ha aprobado un pretendido Plan de Ordenación de los mismos en el Sistema Madrileño de Salud (orden 199/2013 de 22 marzo).
En mi opinión este pretendido plan no es tal, sino sólo una excusa para facilitar el proceso de privatización de los hospitales públicos propiciando una descapitalización de recursos humanos cualificados, mediante un procedimiento arbitrario de jubilaciones forzosas con amortización casi total de las plazas que quedan vacantes como consecuencia de ellas y al mismo tiempo una mayor precarización en las escasas nuevas contrataciones que se produzcan.
Trataré de explicarme:
En el pretendido plan se dice literalmente que las políticas de recursos humanos deben ir dirigidas a la consecución de los objetivos generales de las instituciones en estrecha conexión con los planteamientos estratégicos y modelos organizativos de las mismas; pues bien en la Comunidad de Madrid no conocemos de la existencia de un Plan de Salud que contemple objetivos estratégicos y operativos definidos en el tiempo, por tanto el pretendido plan no puede ir dirigido a la consecución de objetivos aún no definidos. Asimismo llama poderosamente la atención el hecho de que los llamados objetivos que el pretendido plan establece son enumeraciones genéricas sin ningún tipo de concreción y del tal escasa cuantía que suponen nueve líneas en un texto muy extenso; en realidad estas escasas líneas no cumplen los mínimos criterios exigidos a unos verdaderos objetivos en cualquier plan de planificación de recursos. Este pretendido plan corresponde más bien a un cóctel de datos poblacionales que suministra el INE y una recogida de datos de recursos y actividades de las instituciones del Sistema Madrileño de Salud; es decir lo propio de una memoria de gestión y no de un auténtico plan de ordenación de recursos humanos.
Por tanto, cualquier acción efectuada en aplicación de este pseudoplan podrá intentar justificarse con cualquier otra explicación pero no en función de cumplir unos objetivos que son inexistentes. Desde el absoluto respeto a quienes han recogido los datos que este pretendido plan contiene y que sin duda son importantes para abordar futuras acciones de planificación sanitaria, el texto promulgado es una chapuza conceptual que encubre sus verdaderas intenciones: eliminar efectivos del sector público y facilitar su desmantelamiento; prueba de lo anterior es que donde el pretendido plan sí ha cuantificado alguna acción concreta es en el apartado de las jubilaciones, donde con inusitada celeridad ha procedido a efectuar numerosas jubilaciones forzosas al amparo de lo recogido en el texto determinando que sólo se cubrirán el 10% de las jubilaciones que se produzcan y al unísono sólo se autorizarán un máximo del 30% de las prórrogas solicitadas, todo ello con unos criterios de arbitrariedad evidentes; aquí el seudoplan muestra su verdadera cara: reducción de efectivos, ahorro económico en personal , proseguir el desmantelamiento de los centros públicos y allanar así el camino al sector privado. El pretendido plan se convierte en realidad en un Auténtico Plan de Destrucción de Empleo Sanitario Público y la arbitrariedad es su propiedad más reseñable.
Recientemente y al hilo de la adjudicación de los seis hospitales a las empresas privadas hemos conocido otra muestra más de la arbitrariedad y nepotismo que preside las actuaciones de la Dirección General de Recursos Humanos; una Resolución suya de 20 de agosto pasado establece los criterios de movilidad interna voluntaria para aquellos profesionales que teniendo plaza en propiedad en los hospitales que se han adjudicado recientemente a empresas privadas no deseen seguir trabajando en sus centros ya privatizados, esta resolución indica que quienes lo deseen pueden solicitar dicha movilidad pero sin saber previamente que plazas se les ofertan, es decir que no se garantiza el principio de publicidad. Este comportamiento de la Dirección General no debería extrañar pues conviene recordar que el proceso de cobertura de plazas en los hospitales que se inauguraron hace unos años, fue declarado no conforme a Derecho por los tribunales sin que se asumiese ninguna responsabilidad.
Para ir concluyendo conviene recordar que este pretendido Plan está recurrido ante los Tribunales madrileños y como referentes interesantes a tener en cuenta indicar que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha ha dictado sentencia considerando NULO DE PLENO DERECHO el plan de Recursos Humanos de esa región con argumentos y fundamentos de Derecho que en mi opinión y al hilo de todo lo expuesto podrían ser perfectamente aplicables al Plan de Madrid, asimismo el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha suspendido cautelarmente las jubilaciones que se habían efectuado de forma similar a las efectuadas por el Servicio Madrileño de Salud
Habrá que esperar por tanto a las resoluciones que adopten los Tribunales en la Comunidad de Madrid. En mi opinión al amparo del pretendido plan se han llevado a cabo acciones que podrían vulnerar la legalidad violentando derechos individuales y por tanto podrían ser susceptibles de anulabilidad e incluso nulidad. Si ello fuese así cabría preguntarse: ¿Quiénes asumirían las responsabilidades? ¿ Quiénes se harían cargo de las indemnizaciones si hubiese lugar a ellas? ¿podrían producirse casos de inhabilitaciones para altos funcionarios por adoptar resoluciones injustas?.
El tiempo dirá