Dudas jurídicas sobre las enmiendas al Acuerdo UE-Marruecos

El Servicio Jurídico del Parlamento Europeo (PE) ha planteado dudas sobre la conformidad de la enmienda propuesta al Acuerdo de Asociación UE-Marruecos con los requisitos de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Parlamento Europeo (TJUE) de 21 de diciembre de 2016, que decidió sobre la inaplicabilidad de los acuerdos comerciales entre la UE y Marruecos en el territorio del Sahara Occidental ocupado, insistiendo en el «imperativo del consentimiento del pueblo saharaui»[1], informa Sahara Press Service (SPS).

La  sentencia del TJUE dictaminó, asimismo, que el territorio   tiene un estatus «distinto» y «separado» del Reino de Marruecos, de ahí el imperativo del consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental en cualquier proyecto de acuerdo entre la UE Marruecos.

El dictamen jurídico solicitado al PE se refiere a la propuesta de la Comisión Europea de modificar los Protocolos 1 y 4 del Acuerdo de Asociación UE-Marruecos para ampliar las preferencias arancelarias a los productos originarios del Sahara Occidental ocupado.

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Bernd Lange eurodiputado socialista alemán

Esta opinión del Servicio Jurídico del PE, fechada el 13 de septiembre de 2018, se produce después de su remisión formal el 23 de agosto de 2018 por el Presidente del Comité de Comercio Internacional del Parlamento Europeo (INTA), Bernd Lange (socialista, alemán), sobre la conformidad de la enmienda propuesta al Acuerdo de Asociación UE-Marruecos con los requisitos de la sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2016, que se pronunció sobre la inaplicabilidad de los acuerdos comerciales entre la UE y la UE.

Formulando  las preocupaciones e interpelaciones expresadas repetidamente por sus colegas parlamentarios sobre este tema, Lange planteó varias preguntas a la dirección del servicio jurídico del Parlamento Europeo, en particular las garantías con respecto a la consideración de la UE sobre los requisitos establecidos en la sentencia del TJUE, concretamente el relacionado con «el imperativo de obtener el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental».

A este respecto, y refiriéndose a la sentencia del TJUE, el servicio jurídico del Parlamento Europeo declaró en su respuesta que «la extensión del alcance territorial de los acuerdos UE-Marruecos al Sáhara Occidental está sujeta al consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental”.

Además de estas afirmaciones, que cuestionan el proceso emprendido hasta ahora por la Comisión Europea para eludir la sentencia del TJUE, el servicio jurídico del Parlamento Europeo recuerda en su opinión los elementos fundamentales declarados por el Tribunal, en particular que «el pueblo del Sáhara Occidental debe ser considerado como un tercero «, que «el Frente Polisario es el Representante del Pueblo del Sáhara Occidental en virtud de las resoluciones de la ONU», y agrega que el Frente Polisario se opone a este proyecto de acuerdo, y que no es seguro que pueda concluirse «sin violar las obligaciones asociadas al derecho a la libre determinación».

A este respecto, debe recordarse que varios eurodiputados, incluido el presidente de INTA, Bernd Lange, han denunciado en repetidas ocasiones la opacidad y la falta de transparencia mostradas por la Comisión Europea a lo largo del proceso de negociación y solicitaron  la opinión del TJUE antes de someter el proyecto de acuerdo a la votación del Parlamento Europeo.

Enlace 1

Nuevo acuerdo entre la UE y Marruecos no reconoce al pueblo saharaui

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