La CIDH otorga medidas cautelares a favor del periodista Luis Valdés Cocho en Cuba

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH¹) aprobó, el 1 de diciembre de 2021, otorgar medidas cautelares a favor del periodista Héctor Luis Valdés Cocho y su pareja, defensor de derechos humanos, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Cuba.

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Héctor Valdés Cuba

Los solicitantes informaron que el señor Valdés Cocho es un periodista independiente que se identifica como gay y que habría sido objeto de hostigamientos, violencia y detenciones por parte de autoridades cubanas, así como su pareja sentimental «X», afrodescendiente y defensor de los derechos humanos.

Los solicitantes reportaron que ambos han sido objeto de constantes asedios, interrogatorios, hostigamientos y amenazas por parte de agentes de seguridad del Estado.

La Comisión lamenta no contar con las observaciones del Estado cubano, pese a que fueron solicitadas de conformidad con el artículo 25.5 de su Reglamento.

La Comisión advirtió que las personas LGBTI y las personas defensoras de derechos humanos que trabajan en Cuba temas de orientación sexual, identidad y expresión de género y características sexuales aún sufren hechos de violencia, discriminación, restricciones a sus derechos de reunión y asociación, así como censura a su libertad de expresión y pensamiento.

En particular, la Comisión observó que la intersección entre la discriminación por razones del origen étnico o racial, orientación sexual diversa e identidad de género afectaría de manera desproporcionada a la población LGBTI afrocubana.

Especial preocupación expresó la Comisión al observar que el señor Valdés ha recibido hostigamientos y amenazas relacionados con su orientación sexual, incluso, agresiones mientras se encontraba bajo custodia del Estado. Al respecto, la Comisión señaló que «el involucramiento de la policía en actos de discriminación y violencia contra personas LGBT conduce a otros a creer que pueden hacer daño impunemente a personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas».

Tras analizar la información disponible, la CIDH consideró que Héctor Luis Valdés Cocho y «X» se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, puesto que tienen limitaciones severas para poder desarrollar libremente sus actividades como periodista independiente en el caso del señor Valdés Cocho y como defensor de derechos humanos en el caso de «X».

En esta situación, con base en el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH solicitó al Estado de Cuba que:

  • adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de los beneficiarios. A tales efectos, el Estado debe tanto asegurar que sus agentes respeten la vida e integridad personal de los propuestos beneficiarios, y se les proteja de actos que sean atribuibles a terceros, de conformidad con los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos;
  • adopte las medidas necesarias para que puedan desarrollar sus actividades como periodista y activista de derechos humanos, según corresponda, sin ser objeto de actos de violencia, intimidación, y hostigamientos en el ejercicio de sus labores. Lo anterior incluye la adopción de medidas para que pueda ejercer su libertad de expresión;
  • concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes; y,
  • informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.
  1. La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
    La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia.
    La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

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