El gobierno de España ha aprobado modificar la Ley General de la Seguridad Social en lo relativo a la regulación de la jubilación parcial con celebración de contrato simultáneo de relevo y, por ello, exigirá a partir de ahora, un menor período de cotización a los trabajadores con discapacidad. Exactamente, ocho años menos que al resto de los trabajadores.
Esto queda recogido en el Real Decreto Ley 20/18 de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio, que ha sido publicada en el BOE, mediante la cual, los trabajadores con discapacidad tendrán que cotizar 25 años para acceder a la nueva jubilación con contrato de relevo.
Es decir, que con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, quienes deseen acceder a la modalidad de jubilación parcial con contrato de relevo deberán haber cotizado 25 años, frente a los 33 requeridos para el resto de trabajadores (sin discapacidad).
Por ello, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) agradece al gobierno la aprobación de esta medida, que mejora las situaciones de discapacidad en la Seguridad Social.
Esta medida, junto con la aprobación del derecho a sufragio para todas las personas con discapacidad y la modificación del término «disminuidos o minusválidos» de la Carta Magna, se suma a las iniciativas del gobierno de Sánchez en materia social que favorecen al sector de las personas con discapacidad.