Derecho al aborto en El Salvador: la CIDH urge a terminar con la criminalización

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha valorado la decisión de las autoridades de El Salvador de conmutar la pena y conceder la libertad a Teodora del Carmen Vásquez, tras diez años de prisión por haber sufrido un aborto espontáneo.

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Teodora del Carmen Vásquez

Asimismo, la CIDH expresa su preocupación porque al menos otras 26 mujeres siguen encarceladas tras sufrir complicaciones obstétricas, resultado de la criminalización total del aborto en el país. La CIDH llama a El Salvador a revisar detenidamente las condenas en cada uno de estos casos y a reformar la legislación que prohíbe actualmente el aborto en todas circunstancias, de conformidad con los estándares internacionales de derechos humanos.

Según información de público conocimiento, en 2007 Teodora del Carmen Vásquez fue detenida tras sufrir un aborto espontáneo en su lugar de trabajo. Acusada de homicidio agravado y condenada a 30 años de prisión, el 15 de febrero de 2018 fue liberada por orden de la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio de Justicia y Seguridad, tras cumplir más de diez años de prisión. De acuerdo a la información disponible, el tribunal consideró que existían “razones poderosas de justicia, equidad y de índole jurídicas” para conmutar esta pena y estimó que la prueba científica no permitía concluir que la interrupción del embarazo fuera el resultado de una acción voluntaria. La CIDH había recomendado la liberación de Teodora del Carmen Vásquez tras su visita de trabajo al país en noviembre de 2017.

“La liberación de Teodora es una noticia alentadora y la recibimos como una señal positiva. Sin embargo, El Salvador sigue teniendo una deuda pendiente con todas las mujeres en el país: garantizar que ninguna más sea criminalizada y encarcelada por sufrir emergencias obstétricas y abortos espontáneos. En estas situaciones en que una mujer pierde un embarazo involuntariamente, la imposición de estas penas injustas constituye un trato cruel, inhumano y degradante”, afirmó la presidenta de la CIDH, comisionada Margarette May Macaulay, quien es la relatora de País para El Salvador y relatora de los Derechos de las Mujeres.

La Comisión destaca el impacto negativo de las leyes que criminalizan el aborto de forma absoluta sobre los derechos a la vida, a la integridad personal, a la salud, y a los derechos de las mujeres a vivir libres de violencia y de discriminación. En El Salvador, el artículo 133 del Código Penal impide que las mujeres tengan acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones legales, seguras y oportunas cuando el embarazo pone en riesgo su vida o su salud, es el resultado de una violación y/o cuando el feto tiene malformaciones incompatibles con la vida extrauterina.

El caso de Teodora del Carmen Vásquez no es aislado y ejemplifica un contexto de discriminación y violencia contra las mujeres en El Salvador. Si bien el Código Penal salvadoreño establece penas de hasta doce años de prisión para el delito de aborto, al menos 27 mujeres han sido condenadas por homicidio agravado y sentenciadas hasta con 40 años de cárcel tras sufrir complicaciones obstétricas. Estas condenas se dictan en base a la sospecha de haberse inducido un aborto y, en muchos casos, existen indicios de que habría existido violación del derecho al debido proceso.

La CIDH llama a El Salvador a emprender una moratoria a la aplicación del artículo 133 del Código Penal; a revisar detenidamente las condenas en cada uno de estos 27 casos mencionados en miras a asegurar el juicio justo y libre de estereotipos a cada una de las mujeres y, de probarse lo contrario, a poner en libertad a estas mujeres.

La criminalización absoluta del aborto en El Salvador, al imponer una carga desproporcionada en el ejercicio de los derechos de las mujeres y las niñas, y al crear un contexto facilitador de abortos inseguros, desconoce las obligaciones internacionales que tiene el Estado de respetar, proteger y garantizar los derechos de las mujeres a la vida, a la salud y a la integridad. La criminalización de mujeres que han sufrido emergencias obstétricas y abortos involuntarios también tiene graves repercusiones para el desarrollo general, el bienestar y el acceso de sus hijos e hijas a oportunidades en igualdad de condiciones con otros niños y da lugar a violaciones a su derecho a una vida familiar libre de injerencias ilegítimas.

Durante su visita al país, la Comisión obtuvo información relativa a los diversos proyectos de reformar el artículo 133 del Código Penal relativo a la penalización del aborto. En ese sentido, la Comisión exhorta al Estado salvadoreño a tomar las medidas necesarias para terminar con la criminalización absoluta del aborto en el país.

La CIDH llama a El Salvador y a los Estados de la región que aún no cuentan con un marco normativo adecuado[1], a adoptar legislación dirigida a garantizar a las mujeres el ejercicio efectivo de sus derechos sexuales y reproductivos, en el entendido que la denegación de la interrupción voluntaria del embarazo en determinadas circunstancias constituye una vulneración a los derechos fundamentales de las mujeres, niñas y adolescentes.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

  1. Enlace

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