Nueva demanda de Costa Rica contra Nicaragua en materia de delimitación marítima

Costa Rica ha anunciado por medio de sus máximas autoridades que presentó el pasado 25 de febrero ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una nueva demanda contra Nicaragua, esta vez para pedir a los jueces de La Haya que sean ellos los que delimiten los espacios marítimos entre ambos Estados en los dos océanos.

nicaragua-costa-rica-hidrocarburos Nueva demanda de Costa Rica contra Nicaragua en materia de delimitación marítima
Areas recomendadas por Nicaragua para la exploración y explotación de hidrocarburos

Se trata de la cuarta demanda entre ambos Estados puesta a conocimiento de los jueces de La Haya, si recodamos que:

  • en el 2005 Costa Rica demandó a Nicaragua por los derechos de navegación en el San Juan;
  • en el 2010 de igual manera Costa Rica procedió a demandar a Nicaragua por la ocupación ilegal del territorio en Isla Portillos;
  • en el 2011 Nicaragua demandó a Costa Rica por la denominada “trocha fronteriza”.

En el comunicado de prensa oficial de Costa Rica de la semana pasada (ver texto reproducido en la prensa costarricense), se declara, luego de reseñar algunos intentos de negociar con Nicaragua, que: “Esta cadena de actos muestran que Nicaragua no tiene ningún interés de llegar a un acuerdo de límites marítimos con Costa Rica de forma negociada, y por el contrario, las acciones más recientes buscan imponer una situación jurídica de hecho para afectar los espacios marítimos a los que Costa Rica tiene derecho de conformidad con el derecho internacional, así como para tratar de apropiarse de recursos naturales como pesca, gas natural y petróleo, que potencialmente pueden estar en las áreas que se nos disputan”..

El contexto reciente:

Costa Rica había anunciado justo después de la primera ronda de elecciones del pasado 2 de febrero su intención de demandar a Nicaragua, advertencia que también había hecho pública en el mes de julio del 2013 cuando surgió una controversia en relación con mapas de Nicaragua concesionando hidrocarburos a empresas extranjeras, dando lugar a una protesta formal de Costa Rica. En el año 2002, también Costa Rica había emitido protestas de este tipo (ver nuestro modesto artículo publicado en estas mismas páginas el 30/07/2013): como lo recordábamos, en el 2003 iniciaron negociaciones bilaterales sobre límites marítimos que se suspendieron a raíz de la demanda presentada de forma unilateral en septiembre del 2005 contra Nicaragua por parte de Costa Rica. Tuvimos la oportunidad de escribir que: “ La suspensión de dichas negociaciones bilaterales constituye un probable efecto del fenómeno denominado por politólogos “sanjuanización” de las relaciones bilaterales, tendiente a suspender todo proyecto conjunto o iniciativa entre ambos Estados mientras la CIJ dictamine su decisión en relación al río San Juan, aunque esta última verse sobre un tema totalmente ajeno al objeto de dichos proyectos y/o iniciativas”.

Desde octubre del 2010, fecha en que Nicaragua ocupó ilegalmente Isla Portillos, e incluso desde antes, no ha habido ninguna reunión bilateral a nivel de Ministros o Vice Ministros de Relaciones Exteriores o de Presidentes de ambos Estados: ambos aparatos diplomáticos se han limitado a remitirse cartas de protestas de uno a otro en ambos sentidos. Adicionalmente, ambos mandatarios han hecho lo posible para no lograr ningún acercamiento, sea en cumbres regionales o hemisféricas. Costa Rica presentó una demanda contra Nicaragua en La Haya en noviembre del 2010 (ver nota) en relación al dragado del Río San Juan y la ocupación de Isla Portillos Nicaragua una demanda contra Costa Rica en diciembre del 2011 (ver nota) en relación a la denominada “trocha fronteriza” paralela al Río San Juan (Nota 1). Ambos procedimientos dieron luego lugar a una inaudita «unión» por parte de la CIJ a petición de Nicaragua en abril del 2013 y a un rechazo de la CIJ a pretensiones de ambos Estados a modificar su ordenanza de marzo del 2011 (ver modesta nota publicada en esta mismas páginas el 5/08/2013). Perceptible ya en esta última decisión de la CIJ, la sensación de indisposición del juez internacional se volvió a expresar con ocasión de la última ordenanza de diciembre del 2013.

Litigar en ambos frentes marítimos: un ejercicio delicado

En razón de la configuración distinta en ambas costas, ambos Estados recurren a criterios un tanto disímiles: mientras que en el Caribe Nicaragua pareciera proceder a una delimitación de tipo horizontal, como la intentada recientemente por Chile contra Perú ante la CIJ, la misma Nicaragua recurre a la dirección del último trayecto de la línea fronteriza terrestre para delimitar las aguas en el Océano Pacífico. Recordemos que en el Pacífico se da un fenómeno único muy importante para la pesca, de forma permanente o casi, el «domo térmico«. Estos criterios de delimitación son muy distintos al de la dirección general de la frontera terrestre usado por la CIJ para fijar las dos fronteras marítimas de Nicaragua con Honduras en ambos mares. Este último criterio aplicado a la frontera marítima entre Costa Rica y Nicaragua en el Caribe podría dar lugar a una línea más inclinada hacia el sur que la línea horizontal que pareciera querer respetar Nicaragua. Ese mismo criterio técnico daría un resultado más favorable a Costa Rica en el Pacífico que la línea actualmente trazada por Nicaragua. Cada costa siendo distinta desde el punto de vista de su configuración geográfica, y desde el punto de vista de los recursos pesqueros y los identificados en su subsuelo, los interés varían de una costa a otra, y explican, por ejemplo, que en el caso de las negociaciones con Colombia, Costa Rica haya optado por proceder a un intento de “intercambio” de espacios marítimos de un océano a otro (Nota 2). Esta combinación de criterios y la flexibilidad que son inherentes a una negociación bilateral sobre áreas marinas desparece ante un tercero encargado de delimitar dichos espacios: si bien la intensidad de los argumentos variará en función de cada costa, el ejercicio argumentativo colocará a ambos Estados, en particular a la parte demandante (la cual debe proceder a exponer en primero) en una delicada posición desde el punto de vista de la solidez de su consistencia jurídica ante el juez internacional. Recordemos que gran parte de la labor de los asesores legales en La Haya de los Estados busca precisamente detectar inconsistencias de la parte contraria y hacerla ver a los jueces con el fin de debilitar la batería de argumentos jurídicos del contrincante.

El costo político de una demanda en La Haya

La decisión de ir ante la CIJ siempre debiera ser objeto de una cuidadosa ponderación por parte de los decisores políticos. Se estima que una demanda ante la CIJ en materia contenciosa puede durar de 4 a 6 años, si no se presentan incidentes procesales. No obstante, el caso entre Nicaragua y Colombia duró 11 años, con varios incidentes procesales, mientras el caso entre Perú y Chile recientemente zanjado por la CIJ (sin incidentes de ningún tipo) duró 6 años. En un artículo de opinión que publicamos en el 2005 en Costa Rica, habíamos señalado algunos puntos que creemos mantienen siempre su vigencia, por lo que nos permitimos esta vez citarnos: “Recurrir a la CIJ para resolver un litigio interestatal no es una decisión fácil. Más aún cuando se trata de precisar derechos territoriales entre dos Estados vecinos. Además del alto costo político (dado que nadie puede vaticinar del contenido del fallo de la CIJ), de las dificultades de diversa índole (logística, lingüística, administrativa) que deben superar las cancillerías al organizar la defensa jurídica del Estado, existe también un desgaste humano e institucional (la CIJ enfrenta problemas para rendir una justicia pronta y cumplida, pero ello obedece a que, usualmente, son las mismas partes las que deciden extender los plazos para presentar sus respectivas réplicas y dúplicas, solicitando incluso una tercera ronda de alegatos). Ello sin contar el efecto perturbador para las relaciones bilaterales entre Estados vecinos por el hecho de esperar entre 4 y 6 años un fallo precisando el alcance de sus respectivos derechos”. La enorme dificultad que desde el 2005 Costa Rica y Nicaragua han tenido para volver a normalizar sus relaciones bilaterales puede, en parte, explicarse en razón del “efecto” no previsto de una demanda en La Haya. Lamentablemente para ambos Estados, a penas dictaminado el fallo del 13 de julio del 2009 en relación a los derechos de navegación en el San Juan (que ponía fin a la controversia planteada ante la CIJ en el 2005, pero a una tensión originada desde 1998 cuando Nicaragua cuestionó el uso del San Juan por parte de policías de Costa Rica e impuso visas a las embarcaciones de turistas que usan sus aguas), los dos Estados parecieran haber desaprovechado la oportunidad. Un año después, se enfrascaron en un nuevo litigio con ocasión de la ocupación ilegal de Isla Portillos por parte de Nicaragua y sin que se resuelva para Costa Rica el uso de las aguas del Río San Juan para sus embarcaciones. Desde entonces hemos asistido a un endurecimiento de la posición de ambos Estados, cuyas relaciones bilaterales se han limitado a intercambiar notas de protestas una y otra vez.

El costo económico de una demanda en La Haya

Es de notar que si bien varios medios en Costa Rica indicaron la semana pasada que el costo de esta nueva demanda será de alrededor de 1 millón de US$ por 4 años (ver nota de prensa de La Nación) esta cifra contrasta singularmente con los 2 millones de US$ previstos por el entonces canciller René Castro por cada año para el caso de la ocupación ilegal de Isla Portillos (ver nota de prensa de La Nación titulada «País presupuesta 2 millones de US$ por año para juicio en La Haya«).

La cifra del 1 millón de US$ de igual manera es muy distinta a los números dados a conocer recientemente por las mismas autoridades indicando que Costa Rica ha gastado ya más de 3 millones de US$ en tres años (ver nota de prensa) para financiar la batalla procesal que está librando Costa Rica contra Nicaragua, llevando incluso al juez internacional a límites raramente vistos (la estrategia contenciosa de ambos Estados fue analizada en estas mismas páginas en marzo del 2013). A este respecto, una investigación de algún órgano contralor en Costa Rica podría dar una idea más exacta de cuánto se está gastando y de cómo se están repartiendo estas cuantiosas sumas relacionadas con estos largos procesos en La Haya. Nunca en la historia de la CIJ dos Estados han acudido a ella en cuatro distintas ocasiones en menos de 8 años y medio: un record histórico de esta naturaleza constituye un verdadero lujo que pocos Estados vecinos se han recetado para dirimir sus controversias.

Leemos en un artículo reciente sobre gastos en La Haya que: «Tras el fallo el gobierno uruguayo transparentó las cifras manifestando que en tres años Uruguay gastó US$ 5.449.224 millones en honorarios de abogados y U$S 1.968.662 en viáticos, lo que daba un total de US$ 7.417.886. En tanto, la cancillería argentina precisó que en el mismo proceso los recursos totales afectados completaron los US$ 2.549.137». Excancilleres de Nicaragua estimaron el costo para su país de la demanda de Costa Rica por la ocupación ilegal de Isla Portillos planteada en noviembre del 2010 a un monto situado entre 5 a 7 millones de US$ (ver nota). Colombia por su parte está innovando en este y muchos otros ámbitos (Nota 3) puesto que sin bien no se sabe cuánto se gastó exactamente en el juicio que duró 11 años contra Nicaragua ante la CIJ (en parte gracias a incidentes procesales de la misma Colombia, como la presentación de excepciones preliminares), sí se sabe que ya lleva más de 2 millones de US$ en honorarios a firmas de abogados internacionales y nacionales que la asesoran «post» fallo de la CIJ de noviembre del 2012 (ver artículo de prensa). Solamente en honorarios de abogados internacionales, Colombia, según medios de prensa, gastó más de 4,5 millones de US$ en el caso contra Nicaragua (ver nota de prensa). No obstante la importancia de esta cifra, los honorarios de abogados internacionales representan una parte, más no la totalidad de los gastos: esta última incluye otros rubros tales como viajes y viáticos, estudios técnicos, honorarios de peritos (entre los cuales historiadores, geógrafos, cartógrafos, archivistas, especialistas diversos si hay temas ambientales en discusión), imágenes satelitales, viáticos en La Haya, sueldos de funcionarios nacionales dedicados a tiempo completo o casi durante largos años, alquileres de diversa índole para reuniones de trabajo en el exterior, elaboración, revisión y traducción de documentos, entre muchos otros rubros. Un ejercicio legal ante los tribunales en Chile que no prosperó del todo permitió no obstante saber que Chile gastó más de 20 millones de US$ en la demanda planteada por Perú recientemente resuelta por la CIJ (ver nota de prensa): este monto al parecer sí recoge los distintos rubros antes mencionados y permite dar una idea más precisa del costo de ir a La Haya.

Conclusión

En el mismo artículo que publicamos en el 2005 en Costa Rica, habíamos advertido que: “Para el jurista francés Jean-Pierre Cot, se trataría de «varios millones de euros», mientras que el asesor británico Derek Bowett sitúa el monto entre 3 y 10 millones de dólares. Por su parte, Alain Pellet indica que, en el caso del Golfo de Maine (1984), EE. UU. reconoció haber superado los 8 millones de dólares, mientras que Canadá reconoció un gasto por 6,5 millones de dólares. En cuanto al mínimo histórico practicado, este mismo autor cita el caso entre Burkina Faso y Malí (1986) que ascendió a menos de medio millón.La escala de 3 a 10 millones antes mencionada puede servir a ponderar cables periodísticos indicando que Nicaragua habría reservado una partida de 5 millones de dólares para sufragar los gastos de su demanda contra Honduras en diciembre de 1999”. Los números hechos públicos en Chile recientemente indican posiblemente un rango más acorde a los tiempos. No se puede sin embargo descartar del todo que sea un extremo al que es capaz de llegar un Estado demandado para intentar contrarrestar una demanda en La Haya de su vecino que lo toma desprevenido – y sobre cuyo desenlance indica privadamente a sus interlocutores que “cualquier cosa es posible” (Nota 4). Lo que sí se puede descartar desde ya es que con un millón de US$, Costa Rica logre sufragar los gastos de una demanda ante la CIJ para delimitar sus áreas marinas en ambos océanos.

Notas:

  1. Nota 1: Remitimos al lector a un modesto artículo nuestro sobre las razones que llevaron a las autoridades de Costa Rica a proceder a la construcción de la denominada “trocha fronteriza” en el 2011 y sus implicaciones internacionales. Texto disponible aquí.
  2. Nota 2: Ver un mapa editado titulado “Intercambio de áreas marinas Costa Rica – Colombia” que señala en negro las áreas cedidas a Colombia en el tratado de 1977 en relación al mar Caribe que posiblemente se tenía previsto recuperar en el Océano Pacífico. Este tratado de 1977 (ver mapa que ilustra los puntos acordados disponible aquí) nunca entró en vigor ya que a la fecha no lo ha ratificado Costa Rica. En cambio el tratado de 1984 suscrito con Colombia sí está vigente después del intercambio de notas diplomáticas para permitir a Costa Rica invertir el orden de ratificaciones: ver texto del tratado de 1984 y notas diplomáticas del 200 disponibles aquí.
  3. Nota 3: Además de la actitud desafiante de Colombia al denunciar, a 10 días de leído el fallo de la CIJ del 19/11/2012, un tratado emblemático como lo es el Pacto de Bogotá, y luego declarar “no aplicable” dicho fallo el pasado 10 de septiembre del 2013 (remitimos al lector a una nota sobre este último episodio en estas mismas páginas de Periodistas-es.com, disponible aquí), Colombia ha innovado en otros rubros de la práctica internacional: se lee en una nota de prensa de agosto del 2013 que el retiro por parte de Ecuador de la demanda que tenía desde abril del 2008 contra Colombia ante la CIJ (por el tema de las fumigaciones aéreas en zonas fronterizas) se debe a negociaciones que incluyeron el pago por parte de Colombia a Ecuador de los honorarios de los abogados en La Haya de Ecuador (ver nota de prensa).
  4. Nota 4: Se lee en uno de los cables Wikileaks de la Embajada de Estados Unidos en Santiago de Chile con fecha del 25/01/2008 que: «Privately, Chileans are livid that Peru has escalated the issue politically and argue that future cooperation will be difficult. The Chilean government is confident in its legal case, but believes «anything can happen» at The Hague». Ver texto integral del cable Wikileaks.
Nicolas Boeglin
Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí
Captcha verification failed!
La puntuación de usuario de captcha falló. ¡por favor contáctenos!

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.