La Comisión Interamericana de Derechos Humanos insta el cierre de Guantánamo

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha publicado el informe “Hacia el cierre de Guantánamo”, que aborda la situación de derechos humanos de las personas detenidas por Estados Unidos en la Base Naval en la Bahía de Guantánamo, Cuba, tras los atentados del 11 de septiembre de 2001, e insta al cierre de esta instalación.

CIDH-Guantanamo-cierre La Comisión Interamericana de Derechos Humanos insta el cierre de GuantánamoEl informe concluye que las principales violaciones a los derechos humanos en el centro de detención de Guantánamo son la detención indefinida, la práctica de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, el acceso limitado o nulo a la protección judicial, la falta de debido proceso, el régimen discriminatorio y la falta de defensa adecuada.

“La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha dicho en reiteradas ocasiones, y reitera una vez más, que la detención continua e indefinida de personas, como ocurre en Guantánamo, sin derecho al debido proceso, es arbitraria y constituye una clara violación del derecho internacional”, dijo la presidenta de la CIDH, Rose-Marie Belle Antoine.

“La CIDH reitera nuevamente el llamado de cerrar el centro de detención de Estados Unidos en Guantánamo. Saludamos los pasos dados por Estados Unidos en este sentido, a la vez que urgimos a redoblar los esfuerzos para alcanzar el objetivo de cerrarlo de manera definitiva”, agregó. En este sentido, el informe de la CIDH formula recomendaciones específicas orientadas a alentar a Estados Unidos a cumplir adecuadamente sus compromisos de derecho internacional de los derechos humanos, adoptando las medidas necesarias para cerrar el centro de detención.

Felipe González

Por su parte, el comisionado Felipe González, relator de la CIDH para Estados Unidos, destacó que “las razones de seguridad pública no pueden servir como pretexto para la detención indefinida de personas sin presentar cargos en su contra o someterlas a juicio”. En este sentido, señaló que “el informe examina el acceso a la justicia de los detenidos y si los recursos judiciales disponibles son adecuados y efectivos, y las conclusiones son contundentes en cuanto a que las presunciones y la carga de la prueba han sido utilizadas de tal manera que generaron un impacto negativo en el acceso a recursos efectivos, resultando en una violación al derecho a un juicio justo y a la protección judicial”.

De acuerdo a información desclasificada del Departamento de Defensa de Estados Unidos, de 779 detenidos en Guantánamo, solamente el 8 % fueron identificados como “combatientes” de Al-Qaeda o Talibanes, el 93 % no fueron capturados por fuerzas estadounidenses y la mayoría fueron entregados a la custodia estadounidense en un momento en que Estados Unidos ofrecía recompensas por la captura de supuestos terroristas. Hasta ahora, solamente el 1 % de la totalidad de prisioneros que han estado recluidos en Guantánamo han sido condenados por una comisión militar; en dos de los ocho casos la condena por apoyo material fue anulada en apelación por las cortes federales. Los pocos procesos en curso ante comisiones militares se encuentran estancados en etapa preliminar desde hace varios años.

“Estados Unidos debe liberar inmediatamente a todos los detenidos que no serán acusados ni juzgados”, indicó el relator González. “Y en el caso de los detenidos que están siendo procesados por comisiones militares, deben ser juzgados ante cortes federales. En cuanto a las víctimas de torturas y malos tratos, Estados Unidos debe garantizar una reparación efectiva e integral, y debe proceder a desclasificar toda prueba de tortura y malos tratos e investigar todos los abusos que hayan tenido lugar”.

El informe analiza también que el gobierno de Estados Unidos decidió abrir un centro de detención fuera del territorio estadounidense con el único propósito de detener a extranjeros sospechosos de terrorismo, los cuales son todos musulmanes. Además, diseñó un sistema especial de comisiones militares para juzgarlos, en ausencia de las garantías procesales disponibles ante las cortes federales. “Estados Unidos otorga a estos detenidos un tratamiento distinto de aquel que reciben otros detenidos bajo su custodia, sean nacionales o extranjeros”, indicó la presidenta Antoine.

“Invocando las exigencias de la guerra contra el terrorismo, Estados Unidos ha justificado la creación de este régimen particular, caracterizado por la detención indefinida, el acceso limitado o la falta de acceso a la protección judicial, y el juicio en ausencia de elementos básicos de debido proceso. Estados Unidos no ha proporcionado una justificación clara respecto de este régimen aplicado exclusivamente a hombres extranjeros musulmanes, lo que genera la apariencia de que está dirigido a ciertas personas en razón de su nacionalidad, etnia y religión”, señaló Antoine.

“Este informe es un paso adicional, y esperamos que final, en el trabajo de monitoreo que la CIDH ha venido realizando desde que fueron trasladados los primeros detenidos a Guantánamo”, indicó la Presidenta. “Y decimos que esperamos que sea el paso final enfatizando la importancia de que Estados Unidos implemente las recomendaciones contenidas en este informe, a fin de avanzar hacia el cierre de este centro de detención, que se ha convertido en un símbolo de abuso en todo el mundo”.

Finalmente, la CIDH reitera su llamado a los Estados Miembros de la OEA a considerar recibir a los detenidos de Guantánamo en un esfuerzo para lograr el objetivo de cerrar este centro de detención y reafirmar la larga tradición de asilo y protección de refugiados en la región.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

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