Facua, Consumidores en Acción informa de que la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Mediaset España con 35 850 euros por superar los límites de emisión dedicados a los mensajes publicitarios entre mayo y julio de 2017, en los canales Cuatro, Telecinco y Boing.
Esta acción, señala el órgano regulador, supone el incumplimiento del artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
La normativa, que establece el límite de emisión de publicidad, de mensajes publicitarios y de televenta en doce minutos por hora natural, señala que «para el cómputo de esos doce minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los treinta y seis minutos al día, ni los tres minutos por hora de reloj».
A Mediaset se le ha aplicado la reducción de la sanción inicialmente prevista cuya cuantía era de 59 750 euros, en aplicación de lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por reconocer voluntariamente su responsabilidad y por haber efectuado el pago voluntario con anterioridad a dictarse la resolución.