Refugiados: la UE abandona la legalidad internacional

El acuerdo pactado entre Europa y Turquía del 7 de marzo de 2016  para devolver al país vecino a toda persona extranjera que llegue ilegalmente a las costas griegas, a cambio de  traer desde Turquía a un número de refugiados equivalente al de expulsiones y a aumentar los 3000 millones de euros destinados a Turquía para atender a las personas refugiadas, supone el abandono por parte de la Unión Europea de la legalidad internacional al no discriminar, y retornar de manera masiva a quienes pueden ser víctimas de persecución y víctimas de la guerra sostienen Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales de España. 

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Refugiados sirios en Alemania

 

El drama de las personas refugiadas ha puesto de manifiesto que la concepción de Europa como un espacio  común  de libertad, seguridad y justicia, fundada sobre los valores de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad a los que se refiere el Preámbulo de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea ha claudicado frente a una organización de mercaderes de bienes y servicios, señalan las dos organizaciones.

Agregan que la actuación de las instituciones Europeas no ha hecho sino reflejar la incapacidad y ausencia absoluta de voluntad de abordar la situación de una forma justa  y conforme a los principios de los Tratados Fundacionales de la Unión.

La UE ha conseguido trasladar la imagen de que una crisis humanitaria es un problema de orden público y la respuesta, basada en gravísimos errores de concepto, se fundamenta, una vez más en levantar vallas y separar pueblos, en convertir al migrante en un objeto y despojarlo de su dignidad como persona, sostienen ambas organizaciones, para las que se legitima, además, el comportamiento político de un gobierno, el turco, cada vez más distanciado de prácticas democráticas.

El artículo 78 del Tratado de Funcionamiento de la UE obliga a la Unión a tener una política de asilo común que garantice la protección internacionales de todo nacional de un tercer país sometido a persecución y respete el principio de no devolución de conformidad con la Convención de Ginebra, y sin embargo con esta medida se generalizan expulsiones colectivas, expresamente prohibidas en el artículo 19 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión sin respetar el derecho a la solicitud de asilo que asiste a todo ciudadano que  se encuentre en el interior de un Estado Miembro, cualquiera que sea el medio por el que accedió a él.

Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales de España consideran que la ratificación de este acuerdo supondría  un golpe de muerte para el Derecho de Asilo y la Protección Internacional dentro de la Unión Europea y quiebra los pilares básicos de su propia construcción, debido a que se considere a Turquía como Tercer País Seguro y ello a pesar de las dudas que suscita su sistema político y la limitadísima aplicación que se hace en dicho país de la Convención de Ginebra.

Las dos organizaciones instan por ello a que, en cumplimiento de la legalidad internacional, no se ratifique el pacto avanzado hasta el momento y se abran vías de acceso seguros para todas aquellas personas refugiadas que, de acuerdo con la ley, tienen derecho a que se les reconozca esta condición dentro de la Unión.

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