La expresión convivir juntos es redundante porque, según recuerda la Fundéu, el significado del verbo convivir (‘vivir en compañía de otro u otros’) ya incluye el sentido que añade el término juntos.
Sin embargo, no son pocos los ejemplos que se encuentran en los medios de comunicación en los que se utiliza esta construcción redundante: «Antes habían convivido juntos pero diferenciados los antiguos reinos de Castilla y Aragón», «No pueden convivir juntos turismo y petróleo» o «No se les reconoció inicialmente al no estar casados o figurar como pareja de hecho, aunque convivieron juntos durante 18 años».
En el verbo convivir el prefijo latino con– mantiene claramente en la actualidad la información adverbial correspondiente a ‘conjuntamente’ o ‘en común’, como señala la Nueva gramática de la lengua española, por lo que no solo no es necesario, sino que resulta redundante añadir el término juntos.
Así, en los ejemplos anteriores lo adecuado habría sido escribir «Antes habían convivido, aunque diferenciados, los antiguos reinos de Castilla y Aragón», «No pueden convivir turismo y petróleo» o «No se les reconoció inicialmente al no estar casados o figurar como pareja de hecho, aunque vivieron juntos durante 18 años».