La Diputación Provincial de León, a través del Instituto Leonés de Cultura, convoca la ‘XX Bienal de Poesía “Provincia de León” 2014’, que se regirá por las siguientes bases:
1. Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el Premio ‘XX BIENAL DE POESÍA “PROVINCIA DE LEÓN” 2014’, al amparo de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Reglamento que la desarrolla.
2. Podrán participar todos aquellos autores que presenten sus obras escritas en lengua española. Deberán ser originales e inéditas, que no hayan sido publicadas ni total ni parcialmente por ningún procedimiento impreso o electrónico, ni haber sido premiadas en otro certamen literario, no solamente en la fecha de admisión al Premio sino en el momento de proclamación del fallo.
El autor responde de la propiedad intelectual de la obra presentada y de la autoría de la misma, así como de no ser copia ni modificación de obra ajena.
3. El premio está dotado con cuatro mil quinientos euros (4.500,00), cantidad sujeta a las retenciones fiscales que correspondan, con cargo al vigente Presupuesto del ILC para 2014, partida 610.33481.48102.
La concesión del premio, además, lleva incluida la publicación de la obra ganadora en la colección “Provincia”, que edita la Diputación Provincial de León, a través del Instituto Leonés de Cultura, con una tirada de 700 ejemplares, de los que se entregará el 10% al autor, considerándose como único pago en concepto de derechos de autor por la primera edición. El autor/a premiado/a conservará la propiedad intelectual de su obra. La aceptación del premio por el autor conlleva por tanto la autorización al ILC para la utilización de los trabajos literarios premiados en una única edición y de los derechos de reproducción necesarios a tales fines, a los efectos previstos en los artículos 14.1 y 17 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
Se entregará diploma al autor/a premiado/a.
4. Los originales deberán tener una extensión mínima de 500 versos. Se presentarán por triplicado, en DIN-A4, escritos en formato Word, a 1,5 de interlineado, por una sola cara, en letra Times New Roman, Arial o similar, tamaño 12, debidamente cosidos, grapados o encuadernados.
5. La obra podrá ir firmada con un seudónimo. Los trabajos se presentarán en sobre cerrado en cuyo exterior figurará el título de la obra, y seudónimo utilizado en su caso, indicando además: “XX BIENAL DE POESÍA ‘PROVINCIA DE LEÓN’ 2014”; dentro del sobre anterior se incluirá, a su vez, otro sobre cerrado en el que se incorporarán, debidamente cumplimentados, los Anexos I y II, así como un breve currículum del autor/a y fotocopia del DNI o del pasaporte.
6. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la convocatoria en el B.O.P. de León, y finalizará el día 30 de mayo de 2014.
7. Los envíos se presentarán en el registro del Organismo Autónomo dependiente de la Diputación Provincial de León, Instituto Leonés de Cultura, (c/ Puerta de la Reina nº 1-24003 LEÓN). También podrán ser presentados en la forma prevista por el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso, en el sobre deberá constar la fecha de presentación.
8. La participación en este Premio implica la íntegra aceptación de las presentes Bases, así como el compromiso por parte del autor/a de no retirar la obra antes del fallo del jurado, excepto si ha resultado premiada en otro concurso, en cuyo caso, el autor está obligado a comunicar esta circunstancia al Instituto Leonés de Cultura tan pronto como la conozca, a fin de retirar su obra del Premio. El Instituto Leonés de Cultura no mantendrá correspondencia alguna con los optantes al premio, ni facilitará a éstos información sobre los integrantes del jurado.
Una vez finalizado el concurso, las obras no premiadas y las solicitudes presentadas en sobre cerrado serán destruidas, garantizando los derechos de los autores sobre su originalidad y el anonimato de sus obras.
9. Un Comité de Lectura, integrado por personas cualificadas, preseleccionará las obras que pasarán a la final del Premio y que serán entregadas a los miembros del jurado.
10. El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio en el ámbito literario y cultural, y su fallo será inapelable. Su nombramiento y designación serán acordados por el Consejo Rector del Instituto Leonés de Cultura. La identificación de sus componentes no se hará pública hasta después de emitido el fallo. El jurado podrá declarar desierto el Premio.
El jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en estas Bases, así como las dudas que se planteen sobre su interpretación.
11. El Consejo Rector del ILC, previa la propuesta presentada por el jurado, acordará la concesión del premio. El Instituto Leonés de Cultura presentará oficialmente la obra premiada, anunciándose públicamente la fecha elegida y la difundirá adecuadamente.
12. El autor/a premiado, una vez hecho público el acuerdo de concesión del premio ‘XX Bienal de Poesía “Provincia de León” 2014’, se compromete a entregar su obra en soporte informático, debiendo cumplir las normas de publicación exigidas para la colección “Provincia” de poesía, que le serán facilitadas oportunamente por el Instituto Leonés de Cultura.
El autor se compromete también a asistir tanto a la entrega del Premio como a la presentación oficial de su obra.
13. El Instituto Leonés de Cultura tendrá opción preferente de publicación de los originales que, no habiendo alcanzado el premio, estime de interés, previo acuerdo con los autores. El ILC se reserva el derecho de tomar iniciativas en aspectos no regulados por las presentes Bases, y de introducir modificaciones si redundasen en beneficio y éxito del Premio.
14. Contra los acuerdos de aprobación de la convocatoria y de resolución de la misma, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación y notificación, respectivamente.
Asimismo, contra los acuerdos indicados, podrá ser entablado potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.
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