Premios literarios Ciutat de València

Las presentes Bases tienen por finalidad regular la concesión de los Premios Literarios «Ciutat de València» XXXI Edición en las siguientes modalidades:

  • -Premio de Narrativa en Valenciano “Constantí LLombart”
  • -Premio de Poesía en Castellano “Vicente Gaos”

2.- Podrán ser presentadas a los Premios de Narrativa, todas las obras (novelas, cuentos, memorias, etc.) escritas en el idioma especificado en la Base anterior, cuya extensión no sea inferior a 150 páginas tamaño DIN-A4 (210×297 mm).

3.- Podrán ser presentadas a los Premios de Poesía todas las obras escritas en el idioma especificado en la Base 1 con una extensión mínima de 400 versos y máxima de 1200.

4.-Podrán participar en estos Premios Literarios las personas físicas mayores de edad, que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A tal efecto, deberán presentar en su caso, una declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo, con carácter previo a la aprobación del acto administrativo de concesión del premio.

5.- Se excluirán como aspirantes quienes hubiesen obtenido el respectivo premio en la edición inmediata anterior. Asimismo, no podrán presentarse obras de quienes hayan fallecido antes de la apertura del período de presentación de originales.

6.- Las obras presentadas deben ser originales e inéditas. Por lo que respecta a la originalidad, vendrá referida al hecho de la novedad objetiva de la obra en el momento de su creación.

En cuanto al carácter de obra inédita, se considerará que lo tiene aquella obra en la que, a juicio del jurado, concurran las siguientes características:

a) Que su contenido tenga unidad y entidad suficiente para ser considerada en su conjunto como obra literaria nueva.

b) Que carezcan de significación dentro de la misma los posibles pasajes recogidos de obras anteriores o los pertenecientes a obras de otras personas autoras, citando en este caso la autoría. No serán consideradas originales e inéditas las traducciones o adaptaciones de otras obras. 7- Los originales impresos , con las páginas numeradas y en perfectas condiciones de legibilidad deberán presentarse en número de 5 ejemplares, haciéndose constar en la cubierta, además del título, el nombre de la autora o autor junto al de su domicilio y teléfono. Deberá adjuntarse fotocopia del documento nacional de identidad en sobre aparte.

Podrán presentarse bajo seudónimo. En tal supuesto, deberán acompañarse de una plica cerrada, en la cual constará el seudónimo correspondiente y el título de la obra, escribiendo en el interior los datos pertinentes, adjuntando fotocopia del documento nacional de identidad. La plica sólo se abrirá en caso de resultar la obra ganadora.

8.- El plazo de presentación de obras se extenderá desde el día 1 de junio de 2013 al día 31 de julio de 2013 ambos inclusive. Los trabajos deberán dirigirse a “Ajuntament de València.-Servicio de Acción Cultural.- Sección Administrativa.- ”; Plaza del Ayuntamiento , 1.- 46002 VALENCIA, indicando la modalidad a la que concurren, debiendo en todo caso presentarse a través del Registro General de Entrada de la Corporación, o bien en la forma establecida en el Art. 38 de la Ley 30/1992 , de 26 de Noviembre.

9.- A las personas autoras de las obras ganadoras se les hará entrega del trofeo de estos Premios, así como del importe de la respectiva dotación económica con cargo a la aplicación presupuestaria ED260 33400 48100, que será la siguiente:

  •  -Premio de Narrativa en Valenciano “Constantí LLombart”: 12.000 euros
  •  -Premio de Poesía en Castellano “Vicente Gaos”: 8.000 euros

Los Premios, se otorgarán a una única obra, no pudiendo concederse ex-aequo.

El importe de estos premios estará sujeto a la retención legal que proceda y a la restante normativa fiscal vigente en el momento de su entrega y su pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por las personas ganadoras.

10.- El Ayuntamiento de Valencia se reserva el derecho de publicar el texto premiado, en su primera edición, mediante un acuerdo de coedición con las editoriales especializadas en la materia de que se trate.

El texto será presentado en el acto de entrega de los premios, con la asistencia de las personas ganadoras.

11.- Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del premio, que se producirá antes de la finalización del año natural, si alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario, con la misma obra que presenta a los Premios «Ciutat de València», ésta deberá comunicarlo por escrito a este Ayuntamiento, a fin de que el Jurado no lo tenga en consideración en la decisión del correspondiente Premio.

12.- El jurado que valorará las obras presentadas a cada uno de los Premios estará integrado por los siguientes componentes:

Presidenta: la Sra. Alcaldesa, o Concejala/Concejal en quien delegue.

Vocales: cuatro, de elección por el Ayuntamiento entre personas de la literatura, de la crítica literaria, de la investigación y docentes de la universidad de acreditado prestigio.

Secretario: el Secretario General de la Administración Municipal o personal funcionario en quien éste delegue.

13.- En función del número de obras presentadas, podrá constituirse una Comisión integrada por personal especializado elegido por el Ayuntamiento, al objeto de proceder a la previa selección de las obras finalistas a valorar por el Jurado.

14.- El Jurado de cada uno de los Premios podrá no adjudicarlo si observara que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad artístico-literaria precisa.

15.- El fallo del jurado, con carácter de inapelable, será elevado por la Alcaldía a acto administrativo, pudiendo éste ser impugnado de conformidad con lo previsto en la normativa de procedimiento administrativo.

16.- La concesión del premio se publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación, así como en la página web municipal www.valencia.es notificándose a las personas premiadas por los medios previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

17.- Las obras presentadas y no premiadas podrán ser retiradas personalmente por sus autores/as, o persona debidamente autorizada y acreditada, en el plazo de un mes natural, contando a partir de la fecha en que se haga público el fallo del jurado. No se devolverán obras por correo. Las obras no retiradas dentro del plazo establecido serán destruidas.

18.- La presentación de originales a cualquiera de estos premios supone la plena aceptación de las presentes Bases, sin perjuicio de su posible impugnación de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre Procedimiento Administrativo.

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