CGT: multa por 30 minutos de más ante la Audiencia Nacional

La Policía Nacional ha iniciado un procedimiento sancionador contra CGT por exceder en 30 minutos el tiempo solicitado para la concentración llevada a cabo el pasado 12 de enero frente a la Audiencia Nacional.

La organización había pedido permiso para concentrarse ante la Audiencia mientras se celebraba el juicio por el ERE de la Radio Televisión Valenciana. La sala en la que se celebró este juicio era demasiado pequeña para que todas las asistentes pudieran estar presentes. Este fue el principal motivo por el que CGT solicitó el permiso para concentrarse en la calle Goya.

En el recurso, CGT alega que los hechos de los que se acusa a la organización y que son causa de una sanción de cien euros, deben probarse por la Administración y que conforme al principio de presunción de inocencia, no puede imponerse sanción alguna si no existe una actividad probatoria de cargo que recae en quien acusa, existiendo en el presente caso una ausencia total de pruebas, limitándose la resolución a relatar de manera totalmente insuficiente y contradictoria una serie de hechos que no son ciertos.

Desde la CGT se recurre la multa por considerarla un nuevo abuso policial «amparado en las leyes mordazas que tanto daño están haciendo al derecho a la protesta que tienen todas las personas».

Añade que las leyes mordazas están dando un amplio margen de actuación a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado a la hora de sancionar, haciendo posible un poder policial desmedido de vigilancia y control. En este sentido, CGT recuerda que el derecho de concentración y manifestación pacíficas es un derecho reconocido en las libertades de reunión y de expresión, que merece ser tratado de manera especial debido a que representa un modo de acción cívica para la exigencia y la defensa de derechos fundamentales.

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