Fidel Castro: prohibido utilizar su nombre

La Asamblea Nacional de Cuba (Parlamento) aprobó este martes 27 de diciembre de 2016 una ley que prohíbe utilizar el nombre de Fidel Castro para nombrar calles y plazas, o erigir monumentos a su memoria, en respeto a su deseo, informa Andes.

Esta regulación responde a la voluntad expresada por el líder histórico de la Revolución Cubana, según indicó en la plenaria parlamentaria el secretario del Consejo de Estado de Cuba, Homero Acosta.

El pasado 25 de noviembre el presidente Raúl Castro comunicó ese deseo de Fidel Castro, al dar lectura a la nota sobre el fallecimiento ese día del líder legendario cubano, a los 90 años de edad.

La ley aprobada por unanimidad por la Asamblea Nacional prohíbe expresamente el empleo del nombre de Fidel ‘para denominar instituciones, plazas, parques, avenidas, calles y otros lugares públicos, así como cualquier tipo de condecoración, reconocimiento o título honorífico’.

Asimismo, queda prohibida la utilización de su figura ‘para erigir monumentos, bustos, estatuas, tarjas conmemorativas y otras formas similares de homenaje’; igualmente debe entenderse que para situarlos en sitios públicos.

“De lo anterior se exceptúa el uso de su nombre para denominar en un futuro alguna institución que se cree, conforme a la ley, para el estudio de su invaluable trayectoria en la historia de la nación”, aclaró Acosta en alusión a un centro de estudios sobre su pensamiento, por ejemplo.

Además, se prevé también prohibir ‘el uso de denominaciones, imágenes o alusiones de cualquier naturaleza referida a la figura del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz para su utilización como marca u otros signos distintivos, nombre de dominio y diseños con fines comerciales o publicitarios’.

La norma está referida a limitaciones en materia de propiedad industrial, en lo relativo a las marcas, emblemas y lemas comerciales, o rótulos de establecimientos, y evitar el uso de la figura del líder de la Revolución en el tráfico mercantil, o con fines de publicidad comercial.

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Xulio Formoso: Fidel Castro
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La ley no limita, sin embargo, la producción artística literaria, por lo cual resulta totalmente válido que un artista se inspire en Fidel o utilice su figura para crear una obra en cualquiera de las manifestaciones, ya sea la literatura, la música, la danza, el cine o las artes plásticas y aplicadas.

Tampoco se imponen limitaciones al uso de su iconografía e imágenes acumuladas en su rica trayectoria revolucionaria, en actos públicos, así como se mantendrán como hasta hoy sus fotos en centros de trabajo o de estudio, unidades militares e instituciones.

“Fidel continuará siendo un icono en las luchas de nuestro pueblo por preservar nuestra unidad, nuestra independencia, nuestra soberanía y nuestro socialismo. Seguirá también como fuente de inspiración de todos aquellos que en cualquier parte luchen por un mundo mejor, por un mundo de justicia e igualdad social”, señala el documento aprobado.

En tanto, la comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional dictaminó que esta norma consagra uno de los elementos éticos inherentes a la personalidad de Fidel Castro, y su total y permanente identificación con la máxima expresada por el Héroe Nacional cubano, José Martí, de que ‘toda la gloria del mundo cabe en un grano de maíz’.

Al intervenir en la sesión plenaria, el presidente Raúl Castro afirmó que el mejor homenaje a su hermano es hacer realidad su concepto de ‘Revolución’.

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