La Real Academia Española (RAE) ha procedido a actualizar las definiciones de periodismo y periodista, ha informado el profesor Ramón Salaverría, quien en 2015 se había dirigido a la institución para pedir la revisión de conceptos que consideraba obsoletos.
Salaverría recuerda que en la anterior definición periodista era la «Persona legalmente autorizada a ejercer el periodismo» o, como segunda acepción «Personal profesionalmente dedicada en un periódico o en un medio audiovisual a tareas literarias o gráficas de información o de creación de opinión».
A su juicio, lo más importante en este caso es que se diga con rotundidad que periodista es quien se dedica al periodismo, en tiempos en que «muchos alardean de ser periodistas cuando en realidad son simples impostores dedicados a la propaganda o el infundio» y porque en la era de las redes sociales «todo ciudadano puede publicar informaciones cuando desee, y algunas de esas informaciones alcanzan regularmente un gran impacto público, pero eso no los convierte en periodistas».
Y seguidamente valora que la nueva definición de periodismo excluye la “creación de opinión”. porque «en el periodismo, por supuesto, hay espacio para la opinión, pero esta debe estar subordinada a la información. Nunca a la inversa».
Destaca además que se aclare que el periodismo puede expresarse “a través de cualquier medio escrito, oral, visual o gráfico”, no solo en diarios, revistas, radios y televisiones, acogiendo así «todas las plataformas, presentes y futuras, donde se difunden informaciones», amparando así a los medios periodísticos digitales.
Y concluye declarando relevante que la RAE haya incluido una segunda acepción para la palabra «periodismo»: “Estudios o carrera de periodismo”. Por primera vez, señala, «los profesores de esta disciplina entramos en el Diccionario».
Enlaces:
http://www.salaverria.es/
[…] Enlace al artículo Original […]