La Fundéu indica que execuátur, con c, tilde y en redonda, o exequatur, con q, sin tilde y en cursiva, son grafías preferibles a exequátur, término habitual en el ámbito del derecho.
Un execuátur es una ‘autorización que otorga el jefe de un Estado a los agentes extranjeros para que en su territorio puedan ejercer las funciones propias de sus cargos’, así como el ‘reconocimiento en un país de las sentencias dictadas por tribunales de otro Estado’.
La Ortografía de la lengua española recomienda adaptar las voces extranjeras que incluyen el grupo -qu- cuando este suena /kú/, de manera que vocablos como quark, quasar, quorum o exequatur pasan a escribirse cuark, cuásar, cuórum y execuátur.
En caso de mantener el latinismo, lo apropiado es escribirlo en cursiva, tal como aparece en el Diccionario de la lengua española, y sin tilde: exequatur. En cualquier caso, se desaconseja la forma exequátur, con q y tilde, que no se ajusta a la grafía original ni se adapta plenamente al español.
Su plural es invariable (los execuátur), tendencia mayoritaria en los latinismos terminados en -r procedentes de formas verbales, como confíteor o imprimátur.