La boliviana Reina Maraz fue detenida en Argentina en 2010 y acusada de haber matado a su marido. Se declaró inocente pero lo hizo en quechua, porque no sabe hablar español. Cuando lleva tres años de prisión preventiva, la justicia argentina le ha reconocido el derecho a un intérprete y el tribunal de lo criminal de Quilmes le ha condenado a cadena perpetua, esta vez con traducción para la interesada.
La aparición de la intérprete, Frida Rojas, en este drama que nunca debió ocurrir en pleno siglo XXI se ha debido a una reclamación de la Comisión provincial por la Memoria (CPM) que, durante una visita efectuada en 2011 a la cárcel de mujeres de Hornos, se encontró con una detenida que no entendía lo que le preguntaban. Las alegaciones de inocencia de Reina Maraz, hechas a través de su intérprete en el juicio, no han conseguido “conmover a las tres juezas” que han sentenciado, el 28 de octubre de 2014, de acuerdo con la petición fiscal de cadena perpetua.
La condenada, nacida hace 26 años en un pueblecito olvidado del Altiplano boliviano, pertenece a la comunidad Kichwua y apenas sabe decir en español “hola” y “chau”; en 2010 se trasladó con su marido, Limber Santos, y su primer hijo, a vivir a Argentina, en la provincia de Buenos Aires. Allí, y según su versión de los hechos, el marido la ofreció como moneda de cambio, para pagar una deuda de juego, a un vecino llamado “Tito” Vilca (fallecido en la cárcel, hace unos meses, por lo que tampoco se ha podido contar con su testimonio), quien abusó sexualmente de ella. Un día de noviembre de 2010, Vilca se presentó en la casa de la pareja y dijo a Reina que su marido se había marchado del pueblo; el 16, la mujer presentó una denuncia por desaparición y poco después apareció el cuerpo, enterrado en un campo cerca del horno de ladrillos en que trabajaban Santos y Vilca. Reina, embarazada entonces de su segundo, fue detenida y encarcelada y ha tardado tres años en saber de qué estaba acusada. En la cárcel ha dado a luz a una niña.
Para Margarita Jarque, directora de procesos estratégicos de la CPM, “el tribunal no ha escuchado la voz de Reina, ni su historia. Inexplicablemente, la sentencia se basa en la grabación de un testimonio del hijo mayor de la acusada, entonces de 5 años, que tres expertos habían declarado inválido”. En su página web, la CPM recoge una declaración de Adolfo Pérez Esquivel, activista y militante de los derechos humanos argentino, Premio Nobel de la Paz en 1980: “Parece que ser mujer, indígena y pobre es una maldición, y este es un tribunal que ha discriminado”.
Según el Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas (ODHPI), “de conformidad con el artículo 12 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (sobre Pueblos Indígenas) tiene derecho a tener un intérprete y, la última parte del mencionado artículo establece: “Deberán tomarse medidas para garantizar que los miembros de dichos pueblos puedan comprender y hacerse comprender en procedimientos legales, facilitándoles, si fuere necesario, interpretes u otros medios eficaces”.
“En este caso se ha violado ese derecho y han actuado diversas formas de violencia y segregación en forma intersectada. El Tribunal pasó por alto el historial de violencias que fue relatado en el caso y que recayeron en el cuerpo de Reina, también soslayó la importancia de la palabra y de la imposibilidad de expresarse y entender el proceso que tuvo Reina quien solo logró tener una intérprete tres años después. Esta falta de valoración -de las violencias vividas por Reina- y la imposibilidad de entender otra cultura, cuando se habla desde la cultura hegemónica, sin lugar a dudas es una respuesta plagada de discriminaciones del servicio de justicia”.