Latam: OIT indica el camino para crear veinticinco millones de empleos para cuidado infantil y de adultos

Si los países de América Latina y el Caribe cierran las brechas que existen en licencias para lactancia, y en el cuidado infantil y de adultos, se pueden generar más de 25 millones de nuevos empleos, indicó un nuevo estudio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), presentado en Buenos Aires, informa la IPS.

Según el informe, a pesar de los avances en la última década, persisten en la región grandes brechas normativas y de aplicación de la protección de la maternidad, las licencias y los servicios de cuidado infantil y de personas adultas mayores.

Previamente, una simulación global de la OIT en 82 países del mundo, y que incluyó a Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, México y Perú, estimó que un grupo de cambios en legislaciones y normas sobre temas de cuidado en esos siete países podría generar 25,8 millones de empleos directos e indirectos.

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Madre y su bebé en El Salvador © Ernesto Segovia Unicef

Paz Arancibia, especialista de género de la OIT, consideró «urgente invertir en políticas transformadoras para generar trabajo decente en el sector de cuidados, reforzar los sistemas de protección social y contribuir al cierre de brechas de género en el mercado de trabajo y en la distribución del trabajo de cuidados».

Nueve de cada diez empleos serían formales y ocho de cada diez los ocuparían mujeres.

El estudio, «Los cuidados en el trabajo en América Latina y el Caribe: Invertir en licencias y servicios de cuidados para una mayor igualdad en el mundo del trabajo», fue presentado en la Quince Conferencia Regional sobre la Mujer en América Latina y el Caribe, que tuvo como tema central de debate «la sociedad del cuidado como horizonte para una recuperación sostenible con igualdad de género».

Se han analizado los avances normativos en protección de la maternidad, y de licencias y servicios de cuidados y su aplicación efectiva en 32 países de la región.

Si bien todos los países analizados reconocen el derecho a la licencia de maternidad, son considerables las brechas con respecto a los estándares internacionales en términos de duración, prestaciones pecuniarias y financiamiento.

En diecisiete países la duración de las licencias es de menos de catorce semanas, período mínimo estipulado en el Convenio 183 de la OIT, adoptado en el año 2000 para protección de la maternidad.

En cuatro países la prestación pecuniaria durante la licencia representa menos de dos terceras partes del ingreso previo, y todavía en un país el financiamiento de las prestaciones está a cargo del empleador y en cinco es mixto, es decir, el pago se comparte entre el empleador y la seguridad social.

La cobertura legal, además, en muchos países es menor o inexistente para trabajadoras domésticas, o las independientes, informales y madres adoptivas.

En cuanto a las licencias de paternidad, doce países aún no reconocen este derecho y, entre los que sí cuentan con este tipo de permiso, en diez tiene una duración de cinco días o menos.

Con respecto a las prestaciones monetarias, en dos países la licencia de paternidad no se remunera; en la mayoría -trece países- el pago de la licencia está a cargo del empleador, y en dos el financiamiento de la prestación es mixto. Solo ocho países las aplican en caso de adopción.

En lo que respecta a licencias parentales (licencias inmediatamente posteriores a las de maternidad y paternidad, que en la mayoría de los casos pueden ser compartidas entre padre y madre), solo cuatro países de la región las reconocen, y en uno de ellos no está remunerada.

Solo cinco países (uno de ellos, sin remuneración) contemplan licencias de larga duración para cuidar a familiares enfermos, o en situación de dependencia que requieren apoyo para las actividades cotidianas.

De los 32 países de la región, 22 no establecen medidas de protección de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia frente al trabajo nocturno, y diez carecen de protección contra el trabajo penoso, peligroso, insalubre, tóxico y nocivo.

Con respecto al tiempo libre remunerado para exámenes médicos prenatales, en veinticinco países la legislación no lo contempla.

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