Resistencia a la transparencia en Guatemala

Esta administración de Guatemala pasará a la historia por los señalamientos de falta de transparencia en el manejo de la cosa pública, que aunque no se hayan comprobado queda la percepción que la corrupción ha sido creciente. Hay funcionarios que, a pesar haberse esmerado en su desempeño, incurren en errores, algunas veces para ocultar actos anómalos, otras probablemente por malas asesorías y algunas por mala fe.

El caso de la reciente decisión del ministro de Gobernación de pretender normar el contenido de una ley, con lo que  se abroga una facultad legislativa que no tiene, generó innecesariamente una polémica que, desde su origen, la tiene perdida y provoca una nueva frustración en quienes hemos valorado la existencia de la Ley de Acceso a la Información Pública, decreto 57-2008, aprobado el 23 de septiembre del 2008 y que entró en vigencia en enero del 2009, después de 10 años de cabildeos, discusión y resistencias en el Congreso.

Además de que el Acuerdo fue publicado incompleto, lo que el ministro atribuye a una mala diagramación del documento y que da lugar a la nulidad del mismo, lo peor es que riñe con lo establecido en la Constitución Política de la República, que contempla y consagra la publicidad de los actos administrativos y sus excepciones, así como el acceso a archivos y registros estatales.

Trasnparencia-Guatemala-PrensaLibre Resistencia a la transparencia en Guatemala
Imagen: Prensa Libre

Tratados y convenios internacionales aceptados por Guatemala también contemplan estas garantías, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos.

El acceso a la información ha enfrentado muchos tropiezos  en nuestra realidad. Es  una reivindicación de la ciudadanía para saldar la deuda que la contrainsurgencia nos impuso al robarnos la privacidad y, en cientos de casos, arrebató vidas. Es un derecho universal, el acceso es una regla, el secreto es la excepción. La obligación atañe a todos los órganos públicos y se extiende a las entidades que manejen o reciban recursos del Estado; el proceso de solicitud debe ser simple, rápido, libre de costos, salvo en algunos casos.

Los funcionarios tienen la obligación de asistir a los solicitantes, las denegaciones deben estar justificadas; toda persona tiene derecho de apelar una decisión adversa; los órganos obligados deben publicar su información esencial de oficio; este derecho debe estar garantizado por un órgano individualizado. Los anteriores son parte de los 10 principios que rigen esta garantía que, por supuesto, tiene como correlativo el cumplimiento de obligaciones y responsabilidades.

Esta ley se refiere a un derecho subjetivo que interesa a toda la sociedad, regula la información que es mucho más que un valor intercambiable, es una herramienta para el libre desarrollo personal, es el derecho a saber y buscar libremente la verdad. Por eso es que la información solicitada debe entregarse completa, de manera ágil y oportuna; debe ser veraz, precisa, y gratuita; el procedimiento debe ser sencillo y expedito. Busca romper con el secreto de Estado.

Esas  características  están incluidas en la norma, así como la máxima publicidad, la transparencia en el manejo de los recursos y la celeridad en el procedimiento. Desarrolla artículos constitucionales, establece un marco jurídico, contempla derechos, obligaciones, excepciones, define procedimientos, plazos, los sujetos obligados y las sanciones para los incumplimientos.

El ministro debe rectificar, sin más trámite. El procurador de Derechos Humanos, autoridad en la materia, tiene razón en sus consideraciones.

Ileana Alamilla
Fallece en enero de 2018. Abogada, notaria, periodista. Presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa de la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG). Analista en temas de libertad de emisión de pensamiento y de prensa. Coordinadora del Observatorio de los Periodistas y Directora de la agencia Cerigua. Consultora de Agencias del Sistema de Naciones Unidas, de entidades de investigación y de Organismos no Gubernamentales. Miembra de la Red Internacional de Periodistas con Visión de Genero y onsultora en temas de género.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí
Captcha verification failed!
La puntuación de usuario de captcha falló. ¡por favor contáctenos!

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.