Preocupación en la ONU por los derechos de la mujer en España

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas expresa en un informe múltiples preocupaciones en relación con España, informa la Asociación Española para el Desarrollo y la Aplicación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH).

Este 27 de julio de 2015, se dieron a conocer las observaciones finales del Comité, adoptadas el pasado día 24, al término del examen de los informes periódicos 7 y 8 sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer por parte de España.

Entre las recomendaciones del Comité, la AEDIDH destaca que el Comité invita a los parlamentos nacional y autonómicos a tomar medidas en aplicación de las siguientes observaciones finales:

Contexto general

  • España debe estudiar y evaluar los efectos específicos que la crisis financiera ha producido en las cuestiones de género.
  • También debe redistribuir los recursos para superar la crisis económica y financiera, dando prioridad a las medidas favorables a la igualdad de género en todos los campos, así como diseñar una estrategia efectiva que asegure la total aplicación de la Convención.
  • Recoger estadísticas desagregadas por sexo en todas las áreas, en especial en lo relativo al empleo en los sectores público y privado.
  • Visibilidad de la Convención, su protocolo facultativo y sus recomendaciones generales
  • España debe asegurar que estos textos sean suficientemente conocidos y aplicados tanto por las administraciones públicas como por el poder judicial, como contexto para el desarrollo de legislación, decisiones judiciales y políticas sobre igualdad de género y promoción de la mujer.
  • Igualmente, debe aplicar las recomendaciones contenidas en el dictamen que pronunció en Comité ante la queja 47/2012 (Ángela González Carreño c. España).
  • También se debe asegurar que todas las mujeres sean conscientes de sus derechos y de los recursos disponibles en caso de violación, en particular las mujeres en las áreas rurales y las mujeres migrantes.
  • Proporcionar educación legal y formación regular a los funcionarios de las administraciones públicas, jueces y magistrados, abogados, fiscales y distintos cuerpos de policía, sobre la aplicación de la Convención y su protocolo facultativo.

Reservas a la Convención

  • España debe retirar la declaración relativa al orden de sucesión en la Corona.

Instituciones nacionales para la promoción de la mujer

  • España debe incrementar los recursos del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, de manera que se mantenga un enfoque en los derechos de la mujer y las cuestiones de género sean consideradas en todas sus actividades.
  • También se debiera restablecer el ministerio de Igualdad de Género, con recursos apropiados para diseñar y aplicar políticas de igualdad de género.
  • Igualmente, fortalecer la coordinación entre la administración central y la de las comunidades autónomas, definiendo claramente sus responsabilidades respectivas en relación a los derechos de la mujer, así como con las organizaciones de la sociedad civil de mujeres.

Medidas temporales especiales

  • Todos los funcionarios públicos relevantes deben estar familiarizados con las medidas temporales especiales y su aplicación, incluyendo los objetivos y cuotas a alcanzar en plazos precisos, para conseguir la igualdad entre mujeres y hombres, tanto de facto como sustantiva, en todas las áreas en las que las mujeres están subrrepresentadas o en desventaja.

Estereotipos

  • España debe establecer una estrategia comprensiva para eliminar los estereotipos de género en la educación, revisando los manuales escolares y las asignaturas, así como en los medios de comunicación.

Violencia contra la mujer

  • La legislación española debe incluir otras formas de violencia basada en el género, tales como la violencia producida por los cuidadores, la policía, y la violencia en los lugares públicos, puestos de trabajo o escuelas.
  • También se debe proporcionar formación obligatoria a jueces, fiscales y cuerpos de policía, sobre la aplicación del Código Penal a la violencia contra la mujer, así como sobre los procedimientos adecuados para tratar con mujeres víctimas de la violencia.
  • Igualmente, España debe tomar medidas para prevenir y tratar la violencia contra mujeres y niñas, y asegurar que las víctimas tengan acceso inmediato a medidas de reparación y protección, y que los perpetradores sean adecuadamente perseguidos y castigados.
  • Las mujeres deben ser animadas a denunciar la violencia doméstica y sexual ante los funcionarios de policía y los jueces, evitando que las víctimas sean estigmatizadas.
  • Las mujeres víctimas de violencia deben poder disponer de casas de acogida, incluido en las áreas rurales, y se debe fortalecer la cooperación del Estado con las organizaciones no gubernamentales que facilitan acogida y rehabilitación a las víctimas.
  • España debe proporcionar al Comité datos estadísticos sobre violencia doméstica y sexual, desagregados por sexo, edad, nacionalidad y relación entre la víctima y el perpetrador.

Tráfico y explotación de la prostitución

  • España debe adoptar una legislación anti-tráfico con una perspectiva de género y una definición específica de tráfico de personas que sea acorde con las normas internacionales.
  • También debe intensificar la cooperación internacional para prevenir el tráfico y perseguir a los traficantes.
  • Igualmente, adoptar un enfoque comprensivo del fenómeno de la explotación de la prostitución, facilitar centros de acogida, programas de reintegración social y alternativas de trabajo para las mujeres que deseen dejar la prostitución, así como una adecuada persecución a los perpetradores de la explotación de la prostitución.

Participación en la vida política y pública

  • Se debe incrementar la participación de las mujeres en todos los niveles de la vida política y pública, incluyendo la adopción de medidas temporales especiales como el establecimiento de cuotas obligatorias, financiar campañas de mujeres candidatas y facilitando la incorporación de la mujer al proceso de toma de decisiones en todos los sectores de la vida política y pública.

Educación

  • España debe procurar formación específica y diversificar las opciones académicas y vocacionales para mujeres y hombres, facilitando que ambos escojan campos de educación y carreras no tradicionales.
  • España también debe eliminar los estereotipos de género de los libros de texto. Las asignaturas, los programas académicos y la formación de profesores deben incorporar los derechos de la mujer y promover la igualdad de género.
  • También se debe establecer una edad apropiada a partir de la cual será obligatoria la educación en salud sexual y reproductiva para niñas y niños como parte de su programa escolar, lo que debe incluir un comportamiento sexual responsable, la prevención de embarazos prematuros y de enfermedades de transmisión sexual, todo ello enseñado por personal debidamente preparado.
  • España debe tomar medidas efectivas para retener a las niñas gitanas en la escuela mediante medidas temporales especiales tales como ofrecerles becas o material escolar gratuito.

Empleo

  • España debe revisar su legislación y políticas para promover la igualdad de oportunidades y de trato de las mujeres en el acceso al empleo, incluidas las oportunidades de carrera, así como limitar el riesgo de las mujeres de caer en trabajos segregados y precarios.
  • España debe recuperar la financiación de la aplicación de la ley 39/2006 sobre promoción de la autonomía personal y el cuidado de personas dependientes.
  • También se deberá tomar más medidas para eliminar las diferencias de salario por razón de género, así como crear más oportunidades para que las mujeres puedan acceder a empleos a tiempo completo.
  • Igualmente, tomar medidas para alcanzar la igualdad de la participación de las mujeres en la toma de decisiones en la esfera económica, en particular introduciendo cuotas obligatorias en los consejos de dirección de las grandes empresas.
  • En el mismo sentido, adoptar medidas temporales especiales para acelerar la igual participación de mujeres pertenecientes a grupos vulnerables como migrantes, gitanas, madres solteras, ancianas y mujeres con discapacidades en el mercado laboral.
  • Mejorar la situación de las trabajadores domésticas, con vistas a ratificar el convenio de la OIT 189 (2011) sobre trabajo decente para los trabajadores domésticos.

Salud

  • España debe restablecer el acceso universal a los servicios de salud para todas las mujeres, con independencia de su estatuto migratorio.
  • Se debe retirar el proyecto de ley que restringe el derecho al aborto para niñas de 16 a 18 años.
  • También se debe asegurar el tratamiento adecuado a todas las mujeres que viven con SIDA o son VIH positivas.

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Mujeres rurales

  • Se deben eliminar las barreras que impiden la aplicación de la ley 35/2011 sobre propiedad compartida de empresas agrícolas.

Grupos de mujeres en situación de vulnerabilidad

  • España debe adoptar medidas temporales especiales, incluidas medidas legislativas y políticas, que aseguren la igualdad de derechos y oportunidades para las mujeres que enfrentan discriminación múltiple, como las migrantes, gitanas, ancianas y mujeres con discapacidades.

Mujeres refugiadas y solicitantes de asilo

  • España debe mejorar la protección de mujeres y niñas solicitantes de asilo en Ceuta y Melilla asegurando que no se utilice la violencia en los controles en la frontera. El acceso a los procedimientos de asilo para todas las solicitantes, con independencia de su país de origen o del modo de entrada. El procedimiento de asilo debe ser eficaz. Y las condiciones de recepción deben ser mejoradas, con sensibilidad de género.
  • También se deben preparar planes de contingencia para las llegadas por tierra o mar, aptos para tratar el incremento de éxodos de migrantes mixtos, asegurando que los procedimientos de entrada sean sensibles a la necesidad de protección, teniendo en cuenta una perspectiva de edad y género.
  • Igualmente, se debe procurar un trato adecuado a las mujeres y niñas solicitantes de asilo con necesidades específicas y adoptar una perspectiva de género en el desarrollo de programas de asistencia.

Matrimonio y relaciones familiares

  • España debe asegurar que no se conceda derecho de visita sin supervisión a los padres cuando los derechos, el bienestar o la seguridad de los niños puedan verse afectados.
  • La legislación tampoco debe permitir la tutela conjunta y se deben tomar en consideración las necesidades específicas de mujeres y niños a la hora de determinar la tutela del niño en casos de violencia doméstica.

Declaración de Pekín y plataforma de acción

  • España debe utilizar la Declaración de Beijing (Pekín) y la plataforma de acción a la hora de aplicar las disposiciones de la Convención.

Objetivos de desarrollo del milenio y marco para el desarrollo después de 2015

  • El Comité pide la integración de la perspectiva de género en la consecución de los objetivos de desarrollo del milenio y en el marco para el desarrollo después de 2015.

Difusión

  • España debe difundir en todas las lenguas oficiales estas observaciones finales a todas las instituciones del Estado relevantes y a todos los niveles (nacional, regional y local), en particular al Gobierno, los ministerios, los Parlamentos nacional y autonómicos, y al poder judicial. El Estado debe colaborar con todos los actores interesados, tales como asociaciones de empleadores, sindicatos, organizaciones de derechos humanos y de mujeres, universidades e instituciones de investigación, medios de comunicación, etc.

Ratificación de otros tratados

España debe considerar la ratificación de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

Seguimiento a las observaciones finales

  • España dispone de dos años para informar al Comité por escrito sobre las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones relativas a la revisión de la legislación nacional sobre violencia contra las mujeres; la formación obligatoria de jueces, fiscales y diferentes cuerpos de policía en la Convención y su protocolo facultativo; la estricta aplicación del Derecho penal sobre violencia contra las mujeres y los procedimientos para tratar con mujeres víctimas de la violencia. Además, deberá proporcionar datos estadísticos sobre violencia doméstica y sexual desagregados por sexo, edad, nacionalidad y tipo de relación entre la víctima y el perpetrador; y procurar un trato adecuado para las mujeres y niñas demandantes de asilo con necesidades específicas, adoptando una perspectiva de género en el desarrollo de programas de asistencia.

Preparación del próximo informe

El 9.º informe periódico de España deberá ser presentado en julio de 2019, debiendo ajustarse a las directrices vigentes.

Enlaces:

Texto completo de las observaciones finales del Comité (en inglés)

 

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