Medios de prensa (ver nota de El Comercio) han dado a conocer que la Comunidad de Estados de América Latina y del Caribe (CELAC) ha incluido el tema de la devolución de Guantánamo en sus discusiones sobre la normalización de las relaciones entre Cuba y Estados Unidos.
Durante la III Cumbre de la CELAC celebrada en San José, Costa Rica, en el mes de enero del 2015 (ver texto de la Declaración Final), no se había logrado incluir el tema por falta de consenso entre las 33 delegaciones: ver a ese respecto esta nota de prensa en la que se lee que: «El canciller de Costra Rica, Manuel González, confirmó a que el problema de Guantánamo «no figurará» en las resoluciones de la CELAC».
Como es sabido, un tratado de 1903 entre Cuba y Estados Unidos, concede soberanía exclusiva de Estados Unidos en esta zona de 117,6 kilómetros cuadrados: el tratado de 1903 (ver texto en inglés), de tres artículos tan solo, no prevé expiración alguna o plazo para que Cuba pueda recobrar su soberanía en esta parte de su territorio. En 1934, el tratado de 1903 fue objeto de una leve readecuación (ver texto ) en un tratado bilateral suscrito entre Cuba y Estados Unidos.
Desde 1959, Cuba rechaza esta concesión otorgada por tiempo indefinido que permite a Estados Unidos mantener fuera de su territorio su base militar más antigua. Cuba considera nulo el tratado de 1903 y el acuerdo posterior de 1934. El Artículo 11 de la misma Constitución de Cuba estipula que “Cuba repudia y considera ilegales y nulos los tratados, pactos o concesiones concertados en condiciones de desigualdad o que desconocen o disminuyen su soberanía e integridad territorial”.
El pasado 21 de julio del 2015, en el marco de la reunión de los jefes de la diplomacia de Cuba y de Estados Unidos, se leyó, por parte del Canciller de Cuba, Bruno Rodriguez, (ver reporte de conferencia de prensa) que: «He expresado también que para Cuba la normalización de relaciones supone la solución de toda una serie de problemas pendientes, entre los cuales he mencionado el cese del bloqueo a Cuba, la devolución del territorio de Guantánamo y el completo respeto a la soberanía de nuestro país».
Desde el 2001, la base naval norteamericana de Guantánamo es usada por Estados Unidos para enviar e interrogar a personas susceptibles de participar en actividades terroristas, en condiciones tales que Guantánamo ha sido considerada como una verdadera «zona de no derecho» por varias entidades internacionales de Naciones Unidas. El estatuto jurídico de las personas encarceladas en Guantánamo a la luz de las garantías que otorga el derecho internacional humanitario y el mismo derecho norteamericano ha sido objeto de abundantes acciones legales ante la Corte Suprema de Estados Unidos. Remitimos al lector al análisis de María Dolores Bollo Arocena del caso Hamdan contra. Rumsfeld del año 2006, (ver enlace a texto completo de este artículo). Otros estudios por parte de la doctrina en derecho internacional han sistematizado la situación imperante en la base militar de Guantánamo: por ejemplo, entre muchos, ver el artículo de Luis Benavides publicado en México, el análisis de Silvia Borelli publicado en el 2005 por el CICR o bien (en francés) la investigación de Camile Jacquot publicada en Suiza en el 2011.
En el 2006, un informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa criticó duramente a los Estados europeos que colaboraron con operaciones clandestinas y vuelos furtivos solicitados por Estados Unidos para trasladar a personas desde Oriente Medio hacia la base de Guantánamo (ver informe ).
En junio del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA) adoptó el informe titulado «Hacia el cierre de Guantánamo», que recuerda una promesa de campaña del Presidente Barack Obama para su primer mandato en el 2009 y para su segundo, sin que a la fecha se haya cerrado la base militar.
En abril del 2005, Cuba había presentado formalmente una resolución en la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas solicitando que se investigara por parte de los órganos de Naciones Unidas la situación de las personas detenidas en Guantánamo: su propuesta fue rechazada por 22 votos en contra, 23 abstenciones y 8 votos a favor (ver nota de La Nación). La iniciativa cubana se dio días después del voto de una resolución por parte de la Comisión de Derechos Humanos, auspiciada por Estados Unidos y la Unión Europea, exigiendo establecer un mecanismo de monitoreo sobre la situación de los derechos humanos en Cuba (ver nota de El Pais).
En aquella oportunidad, Cuba declaró que: «Cuba no reconoce ninguna legitimidad a esta resolución ni cooperará de forma alguna con el espurio mandato que establece» (ver nota de La Nación). En el mes de junio del 2005 varios relatores y expertos independientes de Naciones Unidas en materia de derechos humanos hicieron público un llamado conjunto (ver texto integral en inglés) en el que indicaban que: “We deeply regret that the Government of the United States has still not invited us to visit those persons arrested, detained or tried on grounds of alleged terrorism or other violations in Iraq, Afghanistan, or the Guantanamo Bay naval base”. Antes de concluir su misiva con la indicación detallada de las diversas gestiones efectuadas desde el 2001 sin obtener respuesta por parte de Estados Unidos, los expertos señalaban en el 2005 que: “Due to the seriousness of the allegations, the lack of cooperation and given the responsibilities to our respective mandates, we will jointly conduct an investigation based on all credible sources regarding the situation of the detainees in Guantanamo Bay. In the meantime, should the Government of the United States extend a visit to Guantanamo Bay we would welcome this development and would incorporate the findings from our mission into our other investigations“.
A diferencia de algunos titulares de prensa de las últimas horas que refieren a palabras tales como “exige, “pide” o “reclama”, el comunicado oficial adoptado en Ecuador este 28 de agosto del 2015 en el marco de una reunión de coordinadores nacionales de la CELAC, utiliza términos mucho más moderados. Ello resulta de una negociación tendente a adoptar el texto por consenso, único mecanismo de adopción de decisiones vigente a la fecha en el seno de la CELAC.
De manera que el lector tenga mayor claridad en cuanto a los términos y al tono empleado acordados entre los 33 delegados de la CELAC, nos permitimos reproducir el texto del comunicado oficial de la CELAC a continuación:
La Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC),
Reiterando su compromiso con el multilateralismo, los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y el Derecho Internacional, incluyendo la igualdad soberana y la integridad territorial de los Estados,
Reafirmando la Proclama de la América Latina y el Caribe como Zona de Paz, acordada en su II Cumbre en La Habana, el 29 de enero de 2014,
Consciente de la existencia por más de un siglo, de la Base Naval de los Estados Unidos en Guantánamo, territorio de la República de Cuba,
Actuando a la luz del proceso hacia la normalización de relaciones entre la República de Cuba y los Estados Unidos de América, que constituye un elemento que contribuye a la estabilidad de la América Latina y el Caribe,
Considera que la devolución a la República de Cuba del territorio que ocupa la Base Naval de los Estados Unidos en Guantánamo debe ser un elemento relevante de ese proceso, mediante un diálogo bilateral apegado al Derecho Internacional.