En respuesta a la denuncia presentada por las organizaciones Amnistía Internacional (AI), Liberty, Big Brother Watch, Privacy International y once asociaciones más de defensa de los derechos humanos y de la libertad de expresión y de prensa, así como algunos periodistas de investigación, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (CEDH) respondió pasado 13 de septiembre de 2018 que la legislación del Reino Unido que permite las prácticas de vigilancia masiva llevadas a cabo por los servicios de inteligencia británicos, la Government Communications Headquaters (GCHQ)[1], viola los derechos a la vida privada y la libertad de expresión.
Sede de la GCHQ en Reino UnidoLa sentencia, que no es firme todavía porque contra ella cabe recurso a la Gran Sala del Tribunal, la CEDH afirma, con gran disgusto de los denunciantes, sí reconoce que la vigilancia masiva que lleva a cabo el GCHQ es legal, pero añade que su práctica no está acompañada de garantías suficientes para prevenir que se cometan abusos.
Por eso, y aunque sea solo en parte, el tribunal da la razón a los denunciantes al condenar las actuaciones que atentan contra los derechos de la Convención Europea de Derechos Humanos, como la interceptación masiva de comunicaciones, que contraviene el artículo 10 de la Convención, que enuncia el derecho a la libertad de expresión, y el artículo 8 sobre el derecho a la vida privada.
A pesar de que la sentencia se dirige únicamente contra la ley británica, no hay duda de que representará un precedente para los restantes miembros del Consejo de Europa (47 países) que la tendrán en cuenta y ajustarán sus respectivas leyes de vigilancia para adecuarlas a las exigencias del Tribunal, aunque no parece que sea suficiente para garantizar la privacidad de los ciudadanos europeos, ni la libertad de expresión y la protección del secreto de las fuentes de los periodistas.
Con toda probabilidad, y como ya vienen haciendo los estados europeos, con el pretexto de la seguridad nacional, seguirán espiando al conjunto de sus ciudadanos, sin justificación alguna, lo que atenta abiertamente contra los principios que defiende la Convención Europea de Derechos Humanos que, entre otras cosas, considera que la vigilancia masiva es, por su propia naturaleza, contraria a los derechos humanos y a los principios de proporcionalidad y necesidad.
Es incontestable que los servicios de policía e inteligencia tienen que poder vigilar discretamente para prevenir las amenazas terroristas, y de otros tipos, que actualmente padece la sociedad. Pero el CEDH ha considerado que esas amenazas no justifican espiar a todos y cada uno de los ciudadanos. «Ha confirmado –dice Caroline Wilson Palow, abogada de Privacy International- que aunque sea técnicamente posible interceptar todas nuestras comunicaciones personales, no es legal hacerlo”.
Este aspecto es particularmente importante a causa de la vigilancia de los gobiernos sobre aquellos que trabajan en el terreno de la defensa de los derechos humanos y en el periodismo de investigación, todas ellas personas que a menudo ponen en peligro sus vidas denunciando algunos hechos.
Hace tres años, el gobierno británico tuvo que admitir que su agencia de inteligencia, GCHQ, había espiado a Amnistía Internacional, y tuvo que pedir disculpas. Lo que tampoco significa nada alentador.
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Vigilancia masiva en el Reino Unido viola los derechos humanos