Más de 80 millones de personas con discapacidad viven actualmente en la Unión Europea. Personas que se enfrentan a la discriminación, a las injusticias sociales y a la vulneración sistemática de derechos a la hora de vivir como ciudadanos de pleno derecho.
La realidad es que todavía, muchos ciudadanos europeos con discapacidad son los grandes olvidados de la Unión Europea. Al menos 800.000 no podrán votar en las próximas elecciones al parlamento europeo, aunque gocen del derecho pero no tienen garantizado poder ejercerlo en igualdad de condiciones y libertad.
La Unión Europea ha iniciado un camino hacia una Europa más justa e igualitaria con la aprobación de la Ley de Accesibilidad Europea, pero aún, a pesar de los esfuerzos de las instituciones europeas en ese sentido, siguen sin ser suficientes. Si bien, en cuestiones de bienes o servicios, existe un claro avance en este sentido, en la cuestión relativa al sufragio universal, miles de ciudadanos permanecen a la espera.
Según el artículo 29 de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad, los estados firmantes deben garantizar que estas puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás. Muchos países de hecho, han reformado sus respectivos textos legales pero en otros, como Bulgaria; Chipre; Grecia; Lituania; Luxemburgo; Polonia y Rumania no.
Actualmente los estados miembros que garantizan el pleno derecho al voto de las personas con discapacidad, incluidas las personas con discapacidad intelectual son Austria; Croacia; Dinamarca; Eslovaquia; Finlandia; Irlanda; Italia; Letonia; Países Bajos; Suecia; Reino Unido y España.
Los eurodiputados aprobaron el 13 de marzo la ley europea de accesibilidad, que busca avanzar hacia una Europa más inclusiva y justa, así como mejorar las condiciones de vida de los ancianos y de las personas con discapacidad.
-
cajeros automáticos, máquinas expendedoras de billetes y máquinas de facturación
-
ordenadores y sistemas operativos
-
teléfonos móviles, tabletas digitales y televisiones
-
acceso a servicios de comunicación audiovisual, libros digitales
-
comercio electrónico
-
algunos elementos de los servicios de transporte de viajeros
-
comunicaciones electrónicas, incluido el número 112 de emergencia
Los estados miembros tendrán tres años para adaptar su legislación nacional, y seis años para aplicar los cambios, aunque se contemplan periodos transitorios para casos especiales.
La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, y quedaron abiertos a la firma el 30 de marzo de 2007. Se obtuvieron 82 firmas de la Convención y 44 del Protocolo Facultativo, así como una ratificación de la Convención. Nunca una convención de las Naciones Unidas había reunido un número tan elevado de signatarios en el día de su apertura a la firma. Se trata del primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo XXI y la primera convención de derechos humanos que se abre a la firma de las organizaciones regionales de integración. Señala un “cambio paradigmático” de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad.
Esta se concibió como un instrumento de derechos humanos con una dimensión explícita de desarrollo social. En ella se adopta una amplia clasificación de las personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Se aclara y precisa cómo se aplican a las personas con discapacidad todas las categorías de derechos y se indican las esferas en las que es necesario introducir adaptaciones para que las personas con discapacidad puedan ejercer en forma efectiva sus derechos y las esferas en las que se han vulnerado esos derechos y en las que debe reforzarse la protección de los derechos.