UrbanObserver

14/07/2025

Religiones y Ciudadanía

Artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Placas de salafistas wahabíes de Temara, con su imagen abajo

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Luigi Ventura

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