España entra en “modo votación”

Félix Muriel Rodríguez

España está a punto de entrar en una vorágine de elecciones. Nada menos que cinco elecciones en apenas dos meses, ¡ Que se dice pronto !

es-elecciones-papeletas-sobres España entra en “modo votación”
papeletas electorales

Para un observador exterior, no avezado en el asunto, podría parecerle o bien un despilfarro innecesario -como casi todos los despilfarros lo son- o bien un enfermizo gusto, psicoanalizable, por las elecciones; o, simplemente, para decirlo en términos informáticos actuales, que España se ha puesto en “modo votación”. No hay que buscarle demasiados pies al gato.

Pero en la vida todo tiene una explicación, o sería conveniente que la tuviera. España entra en ese torbellino electoral porque es un Estado compuesto, como gustan de decir los teóricos de la cosa.  Mas, ¿qué quiere decir eso de un “Estado compuesto”? Sencillamente, que, desde la Constitución de 1978, el Reino de España se ha descentralizado.

El viejo Estado unitario español ha dado paso a uno de los Estados más descentralizados de nuestro entorno y época. Pero con ese punto de “singularidad” que con frecuencia suele caracterizar a los españoles.

Porque no es propiamente un Estado federal, ni mucho menos confederal, ni regional, ni integral (como se autodefinía en la Constitución de la II República española). ¿Qué es? Es, realmente, un estado en proceso de federalización (o de “federalización vergonzante”), que ante la ausencia de denominación oficial, los constitucionalistas han dado en bautizar como “estado de las autonomías” -de ahí ese punto de singularidad al que me refería antes-.

Más aun, ese proceso está inacabado o por cerrar, porque, en realidad, el Título VIII de la Constitución, que trata “De la Organización Territorial del Estado Español”, no es más que un titulo procedimental, que establece los distintos modos de acceder a la autonomía de los diferentes territorios y la conformación de sus instituciones básicas y el reparto -también muy abierto – de las competencias esenciales entre los distintos niveles  de distribución del poder.

Así, podemos decir que en España hay tres niveles de administraciones, todas ellas autónomas e independientes, no jerarquizadas entre sí, aun cuando todas conformen el Estado español, a saber: la Administración Central Estatal, , la Administración de las Comunidades Autónomas (17 Comunidades y 2 Ciudades Autónomas, Ceuta y Melilla) y las Administraciones locales (las Diputaciones provinciales, los municipios y demás entidades locales).

Y para cada uno de esos niveles se eligen los miembros de sus órganos deliberantes: al Parlamento nacional o Cortes Generales, compuesto por dos Cámaras, el Congreso de los Diputados o Cámara Baja y el Senado o Cámara Alta que se cubren mediante la celebración de dos elecciones correspondientes; a los Parlamentos o Asambleas Legislativas de cada una de las Comunidades Autónomas; y a los órganos representativos de los municipios y demás entidades locales. Es decir, cuatro elecciones para cubrir los puestos de diputados y senadores nacionales, de diputados autonómicos y concejales municipales, a lo largo y ancho del territorio nacional.

España, además, es miembro de la Unión Europea desde el año 1986 y, como tal, participa en las elecciones al Parlamento Europeo. Las elecciones europeas se celebran cada cinco años, y este año coinciden con las autonómicas y municipales en el gran domingo electoral del 26 de mayo (que ha estado a punto de convertirse en un “superdomingo” electoral si la convocatoria de las elecciones legislativas se hubiera hecho coincidir con esa misma fecha).

España tendrá que elegir a 54 eurodiputados de los 751 que conforman la Eurocámara de Estrasburgo. Cuando se haga efectiva la salida de Gran Bretaña de la UE, los 73 escaños que actualmente ocupan los eurodiputados británicos, se repartirán entre los 27 miembros restantes de la Unión, correspondiéndole a España 5, que, de conformidad con las previsiones tanto del  artículo 3.2 de la Decisión (UE) 2018/937 del Consejo Europeo y de la Disposición Adicional Única del Real Decreto 206/2019, por el que se convocan las elecciones al Parlamento Europeo en España, “serán asignados por la Junta Electoral Central a las candidaturas a las que puedan corresponder [según] los resultados del proceso electoral celebrado el 26 de mayo de 2019, sin que sea necesario realizar nuevas elecciones “.

Para hacernos una idea numérica, pensemos que entre los domingos 28 de abril y 26 de mayo, se deberían elegir 350 diputados y 228 senadores [aunque el total es de 264, 56 son designados por los parlamentos y asambleas de las Comunidades Autónomas, resultantes de las elecciones autonómicas], 854 diputados autonómicos [porque aunque son 1.248, 394 -correspondientes a las Comunidades Autónomas de Cataluña, País Vasco, Galicia y Andalucía- se eligen en procesos electorales diferenciados] y alrededor de 68.230 entre alcaldes y concejales de los 8.122 municipios españoles, y, finalmente, los 54 eurodiputados (o 59, después del Brexit).

Es decir, entre el 28 de abril y el 26 de mayo, la ciudadanía española está convocada a elegir, aproximadamente, 69.700 representantes políticos entre los diferentes niveles de distribución territorial del poder político: europeo, estatal, autonómico y local.

La sola mención de la cifra total de representantes políticos a elegir en los procesos electorales españoles impone respeto. Se comprende que en los rankings de calidad de la democracia, España figure entre las naciones que se consideran de “democracia plena”.

Así, ‘The Economist’ en su último informe sobre la democracia en el mundo, “Democracy Index 2018”, sitúa a España entre las veinte democracias plenas del planeta (puesto 19);  y, si atendemos sólo a los Estados que conforman el G-20, España estaría colocada en quinta posición, sólo por detrás de Canadá, Australia, Alemania y Reino Unido; teniendo en cuenta que solo un 45% de la población mundial vive en una democracia plena, un 0,5% menos que hace un año, según el estudio elaborado por The Economist, España ocupa un buen lugar en el top de países plenamente democráticos.

El Índice divide los países en cuatro grupos según la puntuación obtenida, a saber: 1. Democracias plenas —entre 8 y 10 puntos—; 2. Democracias imperfectas —entre 6 y 7,9 puntos—; 3. Regímenes híbridos —entre 4 y 5,9 puntos— y 4. Regímenes autoritarios —menos de 4 puntos—.

Hay que decir que en la elaboración del Índice únicamente se tiene en cuenta cinco criterios políticos: procesos electorales y pluralismo, funcionamiento del Gobierno, participación política, cultura política democrática y libertades civiles.

Es evidente que la democracia del siglo XXI es más que esos cinco parámetros, pero, sin duda, entre los principios más esenciales de la democracia está el de la celebración periódica de elecciones libres, justas y legítimas. Desde luego, es su atributo más llamativo.

De ahí que se suela decir que las elecciones son la fiesta de la democracia. Como quiera que las elecciones son un instrumento para la constitución de los gobiernos de las instituciones, hagamos votos para que la salida de las elecciones sea tan festiva como la participación en ellas.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí
Captcha verification failed!
La puntuación de usuario de captcha falló. ¡por favor contáctenos!

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.